BUENAS TARDES ESTIMADOS COLEGAS DEL FORO, CONSULTARLES SU OPINION SOBRE LO SIGUIENTE. SI ALGUIEN PRETENDE ADQUIRIR POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA UN INMUEBLE, Y ALEGA LA POSESION DEL MISMO DURANTE EL PERIODO DE TREINTA AÑOS, LA DEMANDA DEBE DIRIGIRSE CONTRA EL DUEÑO DEL INMUEBLE. AHORA BIEN, SI EL DUEÑO ACTUAL, HA SIDO DUEÑO DEL INMUEBLE PERO NO DURANTE LA TOTALIDAD DE LOS 30 AÑOS, SINO SOLAMENTE DURANTE LOS ULTIMOS 10, SERÁ NECESARIO DEMANDAR A LOS ANTERIORES DUEÑOS DEL INMUEBLE EN LITISCONSORCIO PASIVO? AGRADECIENDO SUS OPINIONES, SE LES SALUDA.
Le expongo mi opinión, la prescripción adquisitiva solo se puede alegar contra el actual dueño del inmueble, es el derecho de propiedad de éste el que se verá afectado con el proceso, en la narración de los hechos deberá expresar el tracto sucesorio que ha tenido el inmueble desde la fecha hasta por lo menos treinta años atrás, pero todos en la linea no son los actuales dueños, pues han dejado de serlo al realizar la tradición de dominio.
El actual dueño ha comprado el inmueble en las condiciones en que se encontraba, es decir que ha adquirido el problema de poder perderle por prescripción, pero también ha adquiere la posibilidad de alegar la interrupción del plazo de la prescripción si esta alguna vez se produjo.
Por lo que considero que no se puede demandar la prescripción a alguien que actualmente no es el dueño, aclaro que esta es una opinión basada en los conocimientos teóricos y no de una experiencia practica pues no me he encontrado en esa situación dentro de un proceso de prescripción adquisitiva.