BUENOS DIAS AMIGOS DEL FORO, LES COMENTO TENGO UN PROBLEMA CON CASO DE PETICION DE HERENCIA ACCION REINVINDICATORIA DE DOMINIO Y CANCELACION DE MATRICULAS REGISTRALES,EL CASO ES QUE LA HERMANA DEL CAUSANTE ACEPTO HERENCIA Y VENDIO PARTE DE LOS INMUEBLES QUE PERTENECIERON AL DIFUNTO Y QUE PASARON A SU NOMBRE, A DIVERSOS PARIENTES HERMANOS SOBRINOS, HASTA ALLI TODO BIEN PERO LA SEÑORA CONTITUYO UNA SERVIDUMBRE DE ELECTRO DUCTO AFAVOR DE UNA EMPRESA, MIS REPRESENTADOS SE DAN CUENTA Y REALIZAN LAS DILIGENCIAS DE ACEPTAION DE HERENCIA DE LO CUAL SON DECLARADOS HEREDEROS DEL CAUSANTE, EN SU CALIDAD DE HIJOS, EL CASO ES QUE NOSE SI APLICA LA NULIDAD SOBRE LA SERVIDUMBRE QUE RELAIZO DICHA SEÑORA , Y NOSE COMO APLICAR LAS REGLAS DE LA NULIDAD DE LOS ACTOS REALIZADOS POR LA SEÑORA Y LA ACCION REINVINDICATORIA, EL CASO SE COMPLICA MAS PORQUE LA DEMANDADA LA QUE ACEPTA HERENCIA FALLECE AHORA NOSE COMO INICIAR EL PROCESO QUE PUEDO HACER YA QUE UNA DE LAS DEMANDADAS LA PRINCIPAL HA FALLECIDO COMO PODRIA INTERPONER LA DEMANDA Y NO TIENE HEREDEROS NO DEJO HIJOS, CUAL ES EL TRAMITE Y PROCESO LES AGRADECERIAS SU AYUDA Y AASESORIA
COLEGA VLAD MAS LE SUGERIRÍA QUE ANALICE LO REFERENTE A LA SUCESIÓN PROCESAL QUE ESTÁ REGULADA ASI
Sucesión procesal por muerte
Art. 86.- Cuando por causa de muerte se transmita lo que sea objeto del proceso, la persona o personas que sucedan al causante podrán
continuar ocupando la misma posición procesal que su causante, a todos los efectos..........ESPERO HABERLE AYUDADO