Aceptación de herencia atorada, ¿Qué P#s hago?

26 Abr 2019 10:55 #1 por Oscar AJ
Buenas tardes colegas.
Necesitaba un título llamativo, me disculpo.
Tengo estas diligencias de aceptación de herencia intestada, desde el 2017, y no encuentro salida, el Juez ha declarado a mi cliente como heredera, con beneficio de inventario, y le ha conferido la Representación Definitiva, no así la administración.

Yo ya pedí se le confiera la administración y alegué el Art. 1155 inc final, 1166 y 1167, pero el Juez me responde que la Ley determina los medios procedimentales para solventar la situación, pero no dice más. A pesar de esto en el trámite no se ha nombrado curador ni se ha rendido fianza.

Desesperado el cliente y yo, no hayamos qué hacer.

Aqui dejo el PDF con el texto de las notificcaciónes.

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26 Abr 2019 12:06 #2 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Aceptación de herencia atorada, ¿Qué P#s hago?
YO, SALVADOR VALIENTE BERNAL, de cincuenta y un años de edad, Profesor en Biología, del domicilio de Turín, Departamento de Ahuachapán, portador de mi Documento Único de Identidad Número Cero un millón seiscientos setenta mil doscientos ochenta y cuatro-ocho, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento doce-cero cincuenta mil ochocientos sesenta y siete-cero cero uno-uno, por medio del presente instrumento, MANIFIESTO: Que estoy enterado de las Diligencias de Aceptación de Herencia que siguen las señoras FERMINA CHANICO VIUDA DE RAMOS, MARTA LIDIA RAMOS CHANICO, RUTILIA ISABEL RAMOS DE ORDOÑEZ, ROSA MÉLIDA RAMOS DE CASTELLÓN, e IRMA EDELMIRA RAMOS DE REYES, siendo la primera de setenta y cuatro años de edad, de Oficios Domésticos, de este domicilio, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones ciento ocho mil ochocientos cincuenta y nueve-dos, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno-doscientos cincuenta mil novecientos cuarenta y cuatro-ciento uno-seis; la segunda de cuarenta y nueve años de edad, Profesora en Biología, de este domicilio, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil setecientos uno-dos, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno-cero diez mil trescientos sesenta y nueve-ciento dos-siete; la tercera de cuarenta y un años de edad, Técnico en Enfermería, de este domicilio, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones cuatrocientos cuarenta y un mil quinientos cinco-siete, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno-trescientos un mil setenta y siete-ciento dos-cero; la cuarta de cuarenta y cuatro años de edad, Auxiliar de Enfermería, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones setecientos cincuenta y siete mil novecientos treinta y tres-nueve, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno-doscientos cincuenta y un mil ciento setenta y cuatro-ciento dos-siete; y la quinta de cuarenta y seis años de edad, Secretaria, de este domicilio, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones setecientos cincuenta y siete mil novecientos setenta y cuatro-cinco, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno-doscientos noventa mil ochocientos setenta y dos-ciento uno-cuatro, en la causa número 51-H-15-3, ante el Juzgado de lo Civil de Ahuachapán, en concepto de herederas del causante el señor JUAN RAMOS CELADA CONOCIDO POR JUAN RAMOS ZELADA, en su calidad de esposa e hijas; diligencias en la cual no se les confiere la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión a las Herederas Definitivas, señoras FERMINA CHANICO VIUDA DE RAMOS, MARTA LIDIA RAMOS CHANICO, RUTILIA ISABEL RAMOS DE ORDOÑEZ, ROSA MÉLIDA RAMOS DE CASTELLÓN, e IRMA EDELMIRA RAMOS DE REYES, si no hasta que rindan fianza o garantía suficiente por la cuota hereditaria que le correspondía a la señora Felisa Celada, madre del “de cujus”, para lo cual por medio del presente instrumento me constituyo FIADOR, de las señoras FERMINA CHANICO VIUDA DE RAMOS, MARTA LIDIA RAMOS CHANICO, RUTILIA ISABEL RAMOS DE ORDOÑEZ, ROSA MÉLIDA RAMOS DE CASTELLÓN, e IRMA EDELMIRA RAMOS DE REYES, hasta por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS QUINCE DÓLARES CON VEINTITRÉS CENTAVOS DE DÓLAR de los Estados Unidos de América, para que se les confiera la Administración y Representación Definitiva de la sucesión con Beneficio de Inventario, en su calidad de Herederas declaradas, en la herencia que dejo el señor JUAN RAMOS CELADA CONOCIDO POR JUAN RAMOS ZELADA, de conformidad al artículo Un mil ciento sesenta y seis inciso tercero del Código Civil.- Así me expreso, y en fe de ello, ratifico y firmo el presente instrumento, en la ciudad de Ahuachapán, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.-




la ciudad de Ahuachapán, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día treinta de noviembre del año dos mil dieciocho.- Ante mí, ROBERTO AMÉRICO SILVA, Notario, de este domicilio, comparece el señor SALVADOR VALIENTE BERNAL, de cincuenta y un años de edad, Profesor en Biología, del domicilio de Turín, Departamento de Ahuachapán, persona a quien no conozco pero lo identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número Cero un millón seiscientos setenta mil doscientos ochenta y cuatro-ocho, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento doce-cero cincuenta mil ochocientos sesenta y siete-cero cero uno-uno; y ME DICE: Que reconoce como suya, la firma que calza el anterior documento, por haber sido puesta por él, de su puño y letra; documento por medio del cual, el otorgante declara que está enterado de las Diligencias de Aceptación de Herencia que siguen las señoras FERMINA CHANICO VIUDA DE RAMOS, MARTA LIDIA RAMOS CHANICO, RUTILIA ISABEL RAMOS DE ORDOÑEZ, ROSA MÉLIDA RAMOS DE CASTELLÓN, e IRMA EDELMIRA RAMOS DE REYES, siendo la primera de setenta y cuatro años de edad, de Oficios Domésticos, de este domicilio, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones ciento ocho mil ochocientos cincuenta y nueve-dos, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno-doscientos cincuenta mil novecientos cuarenta y cuatro-ciento uno-seis; la segunda de cuarenta y nueve años de edad, Profesora en Biología, de este domicilio, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil setecientos uno-dos, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno-cero diez mil trescientos sesenta y nueve-ciento dos-siete; la tercera de cuarenta y un años de edad, Técnico en Enfermería, de este domicilio, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones cuatrocientos cuarenta y un mil quinientos cinco-siete, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno-trescientos un mil setenta y siete-ciento dos-cero; la cuarta de cuarenta y cuatro años de edad, Auxiliar de Enfermería, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones setecientos cincuenta y siete mil novecientos treinta y tres-nueve, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno-doscientos cincuenta y un mil ciento setenta y cuatro-ciento dos-siete; y la quinta de cuarenta y seis años de edad, Secretaria, de este domicilio, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones setecientos cincuenta y siete mil novecientos setenta y cuatro-cinco, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno-doscientos noventa mil ochocientos setenta y dos-ciento uno-cuatro, en la causa número 51-H-15-3, ante el Juzgado de lo Civil de Ahuachapán, en concepto de herederas del causante señor JUAN RAMOS CELADA CONOCIDO POR JUAN RAMOS ZELADA; diligencias en la cual no se les confiere la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión a las Herederas Definitivas, señoras FERMINA CHANICO VIUDA DE RAMOS, MARTA LIDIA RAMOS CHANICO, RUTILIA ISABEL RAMOS DE ORDOÑEZ, ROSA MÉLIDA RAMOS DE CASTELLÓN, e IRMA EDELMIRA RAMOS DE REYES, si no hasta que rinda fianza o garantía suficiente por la cuota hereditaria que le correspondía a la señora FELISA CELADA, madre del “de cujus”, para lo cual por medio del presente instrumento se constituyó FIADOR, de las señoras FERMINA CHANICO VIUDA DE RAMOS, MARTA LIDIA RAMOS CHANICO, RUTILIA ISABEL RAMOS DE ORDOÑEZ, ROSA MÉLIDA RAMOS DE CASTELLÓN, e IRMA EDELMIRA RAMOS DE REYES, hasta por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS QUINCE DÓLARES CON VEINTITRÉS CENTAVOS DE DÓLAR de los Estados Unidos de América, para que se les confiera la Administración y Representación Definitiva de la sucesión con Beneficio de Inventario, en su calidad de Herederas declaradas, en la herencia que dejo el señor JUAN RAMOS CELADA CONOCIDO POR JUAN RAMOS ZELADA, de conformidad al artículo Un mil ciento sesenta y seis inciso tercero del Código Civil.- Así se expreso el compareciente, por mi parte, YO, el suscrito Notario, DOY FE: Que la firma que calza el referido documento, es AUTÉNTICA, por haber sido puesta en mi presencia, del puño y letra por el compareciente, y que ha reconocido ante mí, todos los conceptos vertidos que el mencionado documento contiene.- Le expliqué al otorgante, los efectos legales de instrumento, que consta de tres hojas y leído que se lo hube íntegramente, en un solo acto ininterrumpido, manifiesta su conformidad, lo ratifica y firmamos.- DOY FE.-

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26 Abr 2019 12:09 #3 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Aceptación de herencia atorada, ¿Qué P#s hago?
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26 Abr 2019 12:11 #4 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Aceptación de herencia atorada, ¿Qué P#s hago?
Ref.51-H-15-3.-
SEÑORA JUEZA DE LO CIVIL:
Me refiero a las diligencias de Aceptación de Herencia, que en el Juzgado a su cargo sigo en concepto de Apoderado General Judicial con Clausulas Especiales de las señoras FERMINA CHANICO VIUDA DE RAMOS, MARTA LIDIA RAMOS CHANICO, RUTILIA ISABEL RAMOS DE ORDOÑEZ, ROSA MÉLIDA RAMOS DE CASTELLÓN, e IRMA EDELMIRA RAMOS DE REYES, a Usted con el debido respe¬to le EXPONGO:
Que le presento el documento mediante el cual el señor SALVADOR VALIENTE BERNAL, de cincuenta y un años de edad, Profesor en Biología, del domicilio de Turín, Departamento de Ahuachapán, con Documento Único de Identidad Número Cero un millón seiscientos setenta mil doscientos ochenta y cuatro-ocho, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento doce-cero cincuenta mil ochocientos sesenta y siete-cero cero uno-uno, quien trabaja como Docente Nivel Dos, en el Complejo Educativo “JUAN DE DIOS DEL CID”, del municipio de Turín, Departamento de Ahuachapán, se constituyo Fiador, con el fin que se discierna el cargo de Administración correspondiente a las señoras FERMINA CHANICO VIUDA DE RAMOS, MARTA LIDIA RAMOS CHANICO, RUTILIA ISABEL RAMOS DE ORDOÑEZ, ROSA MÉLIDA RAMOS DE CASTELLÓN, e IRMA EDELMIRA RAMOS DE REYES, todo esto Señora Jueza es con el fin de que se discierna el cargo de Administración y Representación Definitiva de la sucesión a las Herederas, las señoras FERMINA CHANICO VIUDA DE RAMOS, MARTA LIDIA RAMOS CHANICO, RUTILIA ISABEL RAMOS DE ORDOÑEZ, ROSA MÉLIDA RAMOS DE CASTELLÓN, e IRMA EDELMIRA RAMOS DE REYES; por lo que LE PIDO:
Se tenga por presentado el documento que comento, juntamente con la constancia de sueldo, se anexen al respectivo expediente; y se discierna definitivamente el cargo de Administración y Representación Definitiva de la sucesión a mis poderdantes.-
Soy, ………………………., de generales conocidas.-
Ahuachapán, tres de diciembre del año dos mil dieciocho.-

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26 Abr 2019 13:59 #5 por Salvador90
Respuesta de Salvador90 sobre el tema Aceptación de herencia atorada, ¿Qué P#s hago?
Una consulta, en la página 2, relacionas los art. 1155 y 1156 del código civil, pero relacionantes dichos artículos en el mismo proceso de aceptación de herencia en el cual tu cliente fue declarado como heredero con beneficio de inventario sin solicitar al juez o solicitando expresamente al Juez, que prevenga a los asignatarios si aceptan o repudian sus partes de la herencia..

Soy del criterio que la aplicación de los art. 1155 relacionado con el art. 1156 ambos del código civil, presuponen necesariamente un proceso distinto (que en algunos casos se pude dar dentro del mismo proceso de aceptación de herencia) del proceso de aceptación de herencia (proceso A), ya que los herederos (en este caso declarados o persona interesada) demandarían (solicitaría) a otros presuntos herederos (que tiene igual derecho del aceptante de acuerdo al criterio del art. 1166 inciso final) o asignatarios, para obligarlo a declarar si acepta o repudia la herencia(proceso B.)

Como otra salida sería la aportada por el colega 123456; además se podría solicitar al juez que se declare un curador a favor de los otros dos herederos o asignatarios, y que este acepte la parte que a ellos les corresponda.

Un pequeño aporte

www.jurisprudencia.gob.sv/DocumentosBove...9/2015/07/B2866.HTML

www.jurisprudencia.gob.sv/DocumentosBove...19/2014/02/A4E0E.PDF

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26 Abr 2019 16:10 #6 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Aceptación de herencia atorada, ¿Qué P#s hago?
presente las escrituras del causante y presente un perito para que haga el valúo de los inmueble y después rinda fianza

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26 Abr 2019 16:11 #7 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Aceptación de herencia atorada, ¿Qué P#s hago?
le dejo mi número 24131662

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