buen dia amigos foristas.
necesecito que me ayuden, estoy promoviendo un juicio ejecutivo y el deudor tiene un inmueble, pero resulta que está gravado con la hipoteca a favor de un banco; entiendo en base al art.-632 CPCM que el embargo se inscribe bajo una razon de estar ya hipotecado a favor del banco ¿o me equivoco?, ahora bien puedo ejecutar este bien a pesar que se encuetra hipotecado? ¿ se da en este caso terceria de preferencia de pago? cual es el procedimiento?
en el 2009, logre embargar un inmueble que tenia una hipóteca, pero segun tengo entendido el registro no lo esta aceptando, mejor seria consultar en atencion al usuario en el registro
Carlos Aparicio
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