Hola, en un caso donde hayan diligencias de aceptacion de herencias de hace como cuarenta años y quedo un testamento estipulado quienes son los herederos, pero que aun asi nadie ha iniciado diligencias de aceptacion de herencia.
se podra iniciar el proceso comun de prescripcion adquisitiva de dominio
Última Edición: 13 Dic 2019 23:54 por joseelletrado.
Si colega 123456, creo replanteare la pregunta es el caso que al haber testamento sera que se pueden iniciar el proceso comun declarativo de prescripcion adquisitiva de dominio o antes habria que diligencias de declaratoria yacente
Tienes que iniciar primero el proceso de declaratoria yacente por que el dueño de la propiedad que quieren adquirir por el proceso de común declarativo de prescripción adquisitiva de dominio ya esta fallecido y el juez le tiene que notificar sobre dicho proceso aunque digas que es de domicilio desconocido al juez librara los respectivos oficios de búsqueda al RNPN, a Migración y Hacienda, con el oficio del RNPN le informaran del fallecimiento del demanda y tu demanda la declaran improponible por estar fallecido el demanda recomendante el juez que debes de seguir el tramite establecido en el articulo 86 del CPCM.-
Gracias por su ayuda, y en el caso de que haya testamento de uno de los dueños, por qui el caso es que es un casa que donde son cuatro los propietarios cada uno de ellos con el 25 % de propiedad o sea que estan en proindiviso