Buen día, agradezco orientación en el caso de un contrato de distribución exclusiva, en el cual la empresa distribuidora tiene su domicilio en Brasil y el distribuidor en El Salvador, en dicho contrato dentro de las cláusulas está que la ley aplicable en caso de disputa será la de la República Federativa de Brasil. Y que ualquier disputa bajo este acuerdo solo puede ser considerada en la Cámara Brasileña (BRASIL–CANADÁ). La pregunta es esta clausula afectaría al distribuidor, si se diera esa disputa? o como podría protegerse dicho distribuidor? muchísimas gracias.