Cuando se da la delación de la herencia, que es el actual llamamiento de la ley y se produce en el momento del fallecimiento del de Cujus, para que aquellos que tengan vocación sucesoria, se presenten a deducirla en los Tribunales, -también pueden hacerlo requiriendo los servicios de un Notario-, se produce también el deferimiento de la herencia o legado