Hola necesito de su ayuda amigos, la cuestion es que inicie un divorcio por mutuo y me piden que amplie el comvenio ya que omiti mencionar lo de la representacion legal de la menor, por lo cual les solicito un formato de escrito prar presentar dicha ampliacion, y tambien tengo una duda en el auto de admision se me dice ademas que las partes pueden ampliar el comvenio en audiencia, la cuestion es que en el poder que presente se me faculta para ampliar dicho comvenio, por lo cual no se si una de las partes no llega lo podre hacer yo en nombre de ella o tiene necesariamente que ser las partes la que lo amplien.
En principio depende del tribunal donde se este tramitando el proceso; porque si en el auto de admisión dice que se puede ampliar en audiencia; y este es tramitado en el Juzgado de Familia de Santa Tecla, tendria que ampliarlo las partes; porque en ese tribunal NO decretan divorcio, si las partes materiales no van a la audiencia a ratificar el Convenio, aunque en el poder esten consignadas las facultades para ello; pero si es en otro tribunal y en el poder existe la facultad, que ha sido otorgada por los dos para que un solo Abogado, los represente y comparezca a la audiencia a representarlos y en tal calidad pueda modifcar y/o ratificar el Convenio, no habria problema que lo hiciese hasta ese acto en audiencia...
Me inclino a pensar que si se ha consignado en el auto de admisión que el requerimiento se puede evacuar en audiencia, pues no habría problema que así se hiciera; salvo como lo dije anteriormente que sea en el tribunal de Santa Tecla...
Ahora un formato del escrito, seria de tomar en cuenta como se hizo el COnvenio de Divorcio, si fue en Acta Notarial, basta con elaborar otra Acta, que establezca que vienen a ampliar lo relacionado a la Representanción Legal, y ya... se anexa con un escrito simple; y si se hizo en escritura pública, pues se puede hacer de dos formas... Una anexando un acta notarial, relacionando la escritura; y la otra por medio de otra acta notarial... (espero que se entienda)...
Pero, como lo dije al principio existe diferentes formas de resolver en los diferenes tribunales de familia... Si no es Santa Tecla, la sugerencia para que no se complique es hacerlo en audiencia, si se tiene uno: facultad para modificar... dos: facultad para representar a los dos... tres: facultad para ratificar por los dos conyuges...
Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: eslexv15, raco, Evelyn Ap
es en el juzgado 2do de familia de san salvador y si cumplo con lo que tu estableces debe de contener el poder la duda viene pues no se si uno de los dos no llegara.
Segundo de Familia.... ok... una de las juezas, requerira que solo baste la facultad en el poder para que las diligencias se finalicen sin ningun problema...
pero la otra si no existe la facultad expresa en el mejor de los casos suspendera la audiencia para que se presente Acta Notarial, que amplie el COnvenio de Divorcio, y pues debera cumplirse con el requerimiento; y me inclino a pensar que esa sera su resolución si el motivo por el cual una de las partes no llega se justifique a critero de ella; y pues en el peor de los casos declare no ha lugar....
Sugiero mejor elaborar Acta Notarial, de ampliación de COnvenio de divorcio, y llevarla el día de la audiencia, porque en todo lo que se hace el tramite en la receptora y llega al tribunal, puede que surja algún problema; y así solo se presenta en audiencia y ahí se resuelve...