paternindad, alimentos, indemnización y pérdida

04 Oct 2011 00:48 #1 por Ugo_Rocco
Puedo solicitar una Declaratoria Judicial de Paternidad, Alimentos, Indemnización por Daños y Perjuicios y Pérdida de la Autoridad Parental, todo al mismo tiempo y contra el padre de un menor? Dicho padre no reconoció a su hijo hace 17 años y nunca ha aportado cuota alguna.

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04 Oct 2011 13:11 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: paternindad, alimentos, indemnización y pérdida
En orden... En principio es procedente iniciar un proceso de Declaratoria Judicial de Paternidad; solicitar dentro del mismo cuerpo de la demanda que una vez declarada la paternidad, se establezcan alimentos; y por supuesto que de acuerdo a la ley puede peticionarse indemnización por daño moral para el hijo y para la madre; Sugiero que solo sea el daño moral, porque el económico, debe probarsse y aun cuando no es dificil, podria resultar complicado; y en daño moral es un aspecto subjetivo, cuya única prueba es el hecho de no existir reconocimiento voluntario de paternidad

Ahora de acuerdo a la ley cuando se declara la paternidad con oposición del padre una de las sanciones que impone la ley es precisamente que solo la madre ejerce la AUTORIDAD PARENTAL, así se pide en la demanda y en ese sentido se libra el oficio al Registro del Estado Familia, que el ejercicio exclusivo de la Autoridad Parental lo ejerce la madre, de ahí que no es necesario plantear la pretension de la perdida de la autoridad parental.

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: jruh

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05 Oct 2011 01:15 - 05 Oct 2011 01:56 #3 por kenihernandez
Respuesta de kenihernandez sobre el tema Re: paternindad, alimentos, indemnización y pérdida
Como dice NVramirez en orden; y aqui mi humilde opinion y un poco de experiencia.

Si, debes iniciar la Declaratoria Judicial de Paternidad, en este proceso tus pretensiones deben ser:

1.- La declaratoria de paternidad art. 148 Cf, como pretension principal, para lo cual deberas solicitar al juez que se sometan a la Prueba de ADN;

2.- La condena al pago de daños y perjucios, Art. 150 inciso 2 Cf, pretension secundaria, esto lo podes probrar con testigos, y es mas en este tipo de procesos(y tambien en los de alimentos) se debe utilizar la Declaracion de Parte, Art. 344 Prcm;

3.- El establecimiento de una a) cuota provisional de alimentos, b)cuidado personal del niñ@ y c) el ejercicio autoridad parental, Art. 142 Cf., como pretencion conexa o accesoria(muchas veces no es necesario que lo pidas porque el juez esta en la obligacion de pronunciarse sobre ello, ver articulo mencionado).

a) Segun algunos criterios encuanto a los alimentos se imponen como provisional en este
tipo de procesos, y posterior debes iniciarlo de forma debida,(esto por el hecho que
la responsabilidad de padre inicia con la declaratoria, que se hace valer
una vez se inscriba la nueva partida de nacimiento)
b) El cuidado personal del niño se lo otorgan a la madre, por ser con quien a convivido
siempre.
c) El ejercicio de Autoridad Parental, no como dice nuestro colega, que se da por una
sancion si no mas bien por evitar un posibles confrontamiento innecesario, ademas en
tu caso esto no sera necesario que lo pidas pues el hijo de tu cliente ya esta
apunto de cumplir su mayoria de edad.

Espero te sirva y que tengas muchos exitos.

Keni Hernández
Abogado y Notario
Inf. 7426-3170
Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El siguiente usuario dijo gracias: Cieloacmg

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