Hola colegas, espero me ayuden con mi duda:
Es del caso que a una amiga no le dan su DUI porq en la partida de nacimiento solo le aparece un apellido y le dicen en el DUIcentro que tiene que tener el otro apellido de la mamá, ahora mi duda es que un colega me comento que eso se puede arreglar en el registro familiar por medio de una nota solicitando una certificación sin llevarlo a juicio de identidad Ahora colegas deseo saber si se puede arreglar de esa manera o existe otra que no sea el juicio de identidad por favor ayudenme. Gracias
mira yo creo q se puede hacer por la via de este articulo de la ley transitoria del registro del estado familir...
Rectificación y subsanación de asientos
Art. 17.- Los registradores de familia a solicitud de las personas a las que se refiere el asiento, sus representantes legales o los herederos de aquellos, podrán rectificar bajo su responsabilidad y mediante resolución motivada las omisiones materiales y los errores materiales o manifiestos, cometidos al asentarse un hecho o acto en los registros.
Un error u omisión son materiales o manifiestos:
a) Cuando en el asiento se alteren frases o información contenida en los documentos originales, se copien unas palabras por otras, se escriban éstas en forma incorrecta o se supriman palabras o pasajes incluidos en tales documentos;
b) Si se desprende de la sola lectura del respectivo asiento; y,
c) Cuando se deduce de los antecedentes que le dieron origen a la inscripción o de su cotejo con otros documentos públicos o auténticos.
Cualquier otro tipo de rectificación o subsanación de asiento sólo podrá practicarse en acatamiento de resolución judicial o mediante actuación notarial cuando sea procedente
***TE ACONSEJO A QUE ACUDAS AL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR A PREGUNTAR SI LO PUEDES ARREGLAR POR LA VIA DE ESTE ARTICULO DE LO CONTRARIO TIENES Q REALIZAR UNA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO EN EL SENTIDOS QUE SE OMITIO CONSIGNAR EL OTRO APELLIDO DE LA MADRE ME IMAGINO Q NO LA ASENTO EL PADRE Y POR ESO DEBE LLEVAR LOS DOS APELLIDOS DE LA MADRE...***
Si existe, las diligencias de rectificación de partida de nacimiento via notarial, la documentacion que necesita es la partida de nacimiento de su amiga, la de nacimiento de los padres, y dos testigos.buscare en mis archivos y le anexo una. Bendiciones
como le comente anteriormente, encontre un subsidiario que el joven tenia tres nombre y le faltaba el apellido de la madre, solo lo adecua, bendicionbes
cunado solo se tiene un apellido es una escritura de adecuacion del nombre en ella se consigna que el joven usara dos apellidos y si el padre o la madre solo tiene un apellido entonces se hace mencion que usara un apellido comum el cual puede ser el del abuelo, todo en base a la escritura de adecuacion del nombre
Ve a Registro del Estado Familiar de la Alcaldía donde se encuentra asentada la partida de nacimiento de tu cliente, explicale al Jefe del Registro y él si quiere puede hacer la rectificación de la partida en base al articulo 17 de la Ley transitoria del RNPN, si no accede a tu solicitud, tienes que hacer una Rectificación de Partida de Nacimiento vía Notarial, en base al Art. 11 Omisiones o Errores en una partida de nacimiento, de la Ley del Ejercicio de la jurisdicción voluntaria