reconocimiento

24 Nov 2011 13:10 #1 por cristi
reconocimiento Publicado por cristi
hola muy buenos dias tengan todos de la comunidad de abogados, pues me gustaria que si me pudieran ayudar con el siguente caso. yo tube una niña hace ya muchos años mi hija tiene 17 años, el padre nunca la reconocio, entonces ahora quiere reconocerla para iniciar tramites migratorios, quiero saber que se debe de hacer?? para reconocer a mi hija??? y despues del tramite del reconocimiento que sigue??? muchas gracias!!! por sus repuestas!!!

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24 Nov 2011 13:34 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: reconocimiento
Buenos Dìas....

Con la Certificaciòn del Asiento de Partida de Nacimiento de la menor de 17 años, se puede presentar el padre con el documento que lo identifique sea Pasaporte y/o DUI, en la Procuraduria General de la Repùblica, el padre expresa que pretende otorgar reconocimiento de hija y en 40 minutos o menos elaboran la escritura la firma el padre; porque no es necesario el consentimiento de la madre y el funcionario de la PGR, extiende un oficio que es el que se presenta en el Registro del Estado Familiar de la Alcaldìa Municipal de San Salvador, donde se cancelara el asiento donde no conste la filiaciòn paterna y se ordenara que se asiente uno nuevo... y ya...

Puede tambien presentarse el padre ante Notario, quien elaborara la escritura de reconocimiento de hija, y estendera un Testimonio de ese documento, y es el que se presenta en el Registro...

Tambien el padre puede presentarse a algunas de la oficinas de Asistencia Jurìdica de cualquier Universidad, donde de forma gratuita elaboran ese documento; pero no es tan rapido como las personas quisieran...

Pero si el caso es que el padre NO se encuentra en el pais, debera presentarse siempre con la Certificaciòn del Asiento de Partida de Nacimiento de la menor ante el Consulado o Embajada salvadoreño màs cercano de su lugar de residencia e igual con el documento de identidad otorgar ante el funcionario salvadoreño correspondiente otorgar esa escritura y luego remitir el Testimonio, para que se asiente aquì la partida de nacimiento con la filiaciòn paterna...

Suerte...

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24 Nov 2011 13:41 #3 por cristi
Respuesta de cristi sobre el tema Re: reconocimiento
es que me habian dicho que se haria por medio de un abogado, que el padre enviara un poder al abogado y el abogado pues hace los tramites aqui eso es cierto??

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24 Nov 2011 13:51 #4 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: reconocimiento
ok..

Entiendo entonces que el padre se encuentra residiendo fuera del paìs....

Pues no... el reconocimiento es un derecho personalisimo; que si bien es cierto se puede enviar un poder para realizar el reconocimiento; ese tramite le implicara al padre pagar el poder y luego pagarle al Abogado, para que haga los tramites; en cambio si este se presenta en el consulado o embajada salvadoreña solo le cobraran un arancel que ya lo establece la ley que es de $50.00 aproximadamente...

Y no es por quitarle el negocio al colega; pero los tramites considero que deben ser los màs practicos; y para que incurrir en gastos innecesarios...

Perooooo existe la libre contrataciòn, y si el padre lo prefiere de esa forma es su decisiòn... Solo explico de que forma es màs BUENO... BONITO Y BARATO...

Suerte...

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24 Nov 2011 13:56 #5 por cristi
Respuesta de cristi sobre el tema Re: reconocimiento
muchas gracias, pero el padre me dijo que era mucho mejor que lo realizara un abogado por que el no sabe ni por donde comenzar. creo que mejor prefiere delegarlo. pero muchas gracias de todas formas!!!

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24 Nov 2011 14:09 #6 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: reconocimiento
:ohmy: Bueno.... sera como el padre lo decida... pero deberia explicarle que existe la forma fàcil y la otra forma...

Lo importante es que la chica de 17 años cuente con la filiaciòn paterna... :)

Suerte...

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29 Nov 2011 15:08 #7 por almin
Respuesta de almin sobre el tema Re: reconocimiento
el reconocimiento voluntario se puede hacedr por cualquier medfio ante notario y puede hacerse por medio de un escrito simple dirigido al juzgado, mediante un acta notarial o escritura matriz hay muchas formas y si el esta en el extranjero entonces que mande elreconocimiendo desde alla o que mande un poder especial para realizar el reconocimiento aqui

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