Bien que te sirva como guía y solamente hay que adecuarlo a lo que tu necesitas:
GUARDA Y CUIDADO PERSONAL DE MENORES.
En La Ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, Republica de El Salvador, a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos, del día veinte de junio del año dos mil once. ANTE MÍ: CARLOS HERNAN TRUJILLO TRUJILLO, Notario del domicilio de Aguilares, Departamento de San Salvador, comparece El Señor: JOSE LUIS AVELAR GARCIA, de cuarenta y siete años de edad, agricultor, del Domicilio de Tejutla, Municipio del Departamento de Chalatenango, Portador de su Documento Único de Identidad Numero: cero cero cuatrocientos setenta mil cuatrocientos dieciocho guión cinco, y con Tarjeta de Identificación Número: cero cuatrocientos treinta y tres – ciento veintiún mil ciento sesenta y tres- ciento dos- cuatro. Y por medio de esta Acta Notarial. ME DICE. El Compareciente que es el Padre de la menor MARIANA DEL CARMEN AVELAR REGALADO, y en tal calidad otorga El cuidado y Guarda Personal de su menor hija MARIANA DEL CARMEN AVELAR REGALADO, de quince años de edad, Estudiante, portadora de su Pasaporte Salvadoreño numero A cinco cero cero dos ocho ocho nueve cuatro, del domicilio de Tejutla, Municipio del Departamento de Chalatenango, a la Madre de dicha menor: BLANCA DE LOS ANGELES REGALADO, HOY BLANCA DE LOS ANGELES REGALADO DE MENDEZ, de treinta y seis años de edad, ama de casa, del Domicilio de Tejutla, Municipio del Departamento de Chalatenango y de Milano, Republica de Italia, Portadora de su Pasaporte Salvadoreño Número: cero cero cero cinco cuatro tres dos cuatro siete. Quien se Compromete en BRINDARLE HABITACIÓN, ALIMENTACIÓN, ABRIGO, Y BUENA EDUCACIÓN, AUTORIZANDO A LA MADRE DE DICHA MENOR PARA QUE HAGA CUALQUIER TRAMITE, DENTRO DE LA REPUBLICA DE ITALIA A FAVOR DE SU MENOR HIJA, YA SEA EDUCACION O DE MIGRACION, COMO TAMBIEN ESTAR PENDIENTE DE LA SALUD, EN MILANO REPUBLICA DE ITALIA, Autorizándola expresamente para que autorice cualquier intervención medica ya sea tratamientos médicos o quirúrgicos en la Institución u Hospital que ella considere necesario. Todo lo cual es de conformidad al artículo doscientos dieciséis del Código del Familia, de La Republica de El Salvador. El Suscrito Notario Da fe, de Haber Tenido a La vista La siguiente documentación: A) Certificación de La Partida de Nacimiento Numero cuatrocientos veinticuatro, la cual se encuentra inscrita en la página doscientos cuarenta y siete del Libro de asentar Partidas de Nacimiento que la Alcaldía Municipal de Tejutla, Municipio del Departamento de Chalatenango, llevo en el año mil novecientos noventa y cinco, la cual consta que la Inscrita MARIANA DEL CARMEN, hembra, nació a las veintidós horas del día trece de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Los Martínez, jurisdicción de Tejutla, Departamento de Chalatenango, siendo hija de JOSÉ LUIS AVELAR Y DE BLANCA DE LOS ANGELES REGALADO DE AVELAR, ambos originarios y del domicilio de Tejutla, Departamento de Chalatenango y de Nacionalidad Salvadoreña. Extendida por la Jefe del Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de Tejutla, Municipio del Departamento de Chalatenango, Licenciada Adela Avelar Ochoa, el día veinte de junio del año dos mil once. Así se expreso el compareciente a quien El Suscrito Notario Da Fe de haberle explicado los efectos legales de la presente Acta Notarial, que consta de dos hojas útiles y leídas que le fue por mi en un solo acto ratifican su contenido y firmamos, DE TODO DOY FE.-
DEBO ACLARAR EL APORTE NO ES MÍO PERO LO DEJO PARA COMPARTIR.-