RECONOCIMIENTO DE HIJO

17 Abr 2013 18:59 #1 por veronicaargelia
RECONOCIMIENTO DE HIJO Publicado por veronicaargelia
Hola quisiera que alguien me ayudara y me diera una idea de que pasos hay q seguir y que documentacion se necesita para que el padre reconozca a su hijo legalmente. Gracias!
El siguiente usuario dijo gracias: Leyesita

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17 Abr 2013 19:20 #2 por Leyesita
Respuesta de Leyesita sobre el tema Re: RECONOCIMIENTO DE HIJO
hola solo necesitas:
Certificacion de partida de nacimiento del menor
copias de dui y nit de ambos padres
elaboras la escritura de reconocimiento y el testimonio
lo envias al registro del estado Familiar de la Alcaldia
donde se encuentra asentada la partida de nacimiento del
menor. eso es todo!

Leyesita Salvadoreña.
notarialelsalvador.blogspot.com

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18 Abr 2013 21:53 #3 por 081960
Respuesta de 081960 sobre el tema Re: RECONOCIMIENTO DE HIJO
Si el reconocimiento es voluntario ese sería el procedimiento, pero si no lo es habría que hacerlo vía judicial, llenando los requisitos que establece el Codigo de Familia

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18 Abr 2013 21:53 #4 por 081960
Respuesta de 081960 sobre el tema Re: RECONOCIMIENTO DE HIJO
Si el reconocimiento es voluntario ese sería el procedimiento, pero si no lo es habría que hacerlo vía judicial, llenando los requisitos que establece el Codigo de Familia

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18 Abr 2013 23:44 #5 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: RECONOCIMIENTO DE HIJO
Este aporte la dio Nvramirez y es muy objetivo....

NVramirez escribió: Pues...

En principio debe establecerse la voluntad del padre para reconocer a su hijo...
Porque si es un reconocimiento voluntario este se otorga ante Notario o ante un delegado de la PGR, basta la presentaciòn de la Certificaciòn del Asiento de Partida de Nacimiento, del hijo que se pretende re
conocer y el DUI del padre; este se presenta ante el funcionario correspondiente y puede hacerse en escritura ante Notario, independientemente de la edad del hijo...

Ahora si el reconocimiento es con oposiciòn al padre; pues debe realizarse el proceso de reconocimiento judicial de paternidad en el tribunal de familia del domicilio del presunto padre, peticionarse alimentos y pedir indemnizaciòn por daño mora, y solo si se tiene prueba documental y testimonial peticionar indemnizaciòn por daño material (sugiero la lectura de algunas resoluciones de la honorable camara de familia, para tener claridad sobre como peticionar daño moral y daño material) tomar en cuenta tambien que al realizarse el reconocimiento con la oposiciòn del padre, serà solo la madre quien ejercera la autoridad parental sobre el hijo...

En conclusiòn para decidir que tipo de acciòn iniciar debe tomarse en cuenta: Que pretende el cliente??? Cuàl es la disposiciòn del padre para otorgar el reconocimiento?

Suerte..


El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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