En el año 2012, tuve un proceso de divorcio el cual culminó en diciembre de 2012. Ese mismo año hubo sentencia de divorcio y se establecieron los pagos que debían de hacerse.
Después de haber pagado puntualmente todos los compromisos adquiridos, la ex esposa quiere más dinero y definitivamente no tengo la capacidad de pagar ni un centavo más (dependo de un salario), en vista de no acceder a pagar más (al contrario quiero una revisión para disminuir la carga para poder pagar deudas), me han citado a una audiencia de adecuación de modalidades. Pero no tengo abogado y no puedo pagar uno. Quien me avisó fue mi anterior abogado porque a él le hicieron llegar el citatorio.
Tigger escribió: Mis estimados tengo una pregunta.
En el año 2012, tuve un proceso de divorcio el cual culminó en diciembre de 2012. Ese mismo año hubo sentencia de divorcio y se establecieron los pagos que debían de hacerse.
Después de haber pagado puntualmente todos los compromisos adquiridos, la ex esposa quiere más dinero y definitivamente no tengo la capacidad de pagar ni un centavo más (dependo de un salario), en vista de no acceder a pagar más (al contrario quiero una revisión para disminuir la carga para poder pagar deudas), me han citado a una audiencia de adecuación de modalidades. Pero no tengo abogado y no puedo pagar uno. Quien me avisó fue mi anterior abogado porque a él le hicieron llegar el citatorio.
Qué puedo hacer en este caso?
Gracias por la ayuda.
En principio ir a la audiencia... Expresar que no puede pagar abogado; y por eso pide que le nombren uno de oficio.
El juez puede suspender la audiencia, para que tenga entrevista con su abogado; o una vez asignado uno de oficio (puede ser incluso el procurador adscrito al tribunal), realizar la audiencia, donde le pediràn que se pronuncie sobre las expuesto en el escrito que presentarà la parte que lo cita.
Sugiero que lleve documentaciòn que establezca su capacidad econòmica actual; y que sea firme al afirmar que no puede incrementar la cuota en la cantidad que se lo solicitan (si ese fuere el caso).
Sobre la disminuciòn de la cuota, solo se puede realizar por medio de un Abogado, quien deberà iniciar un proceso de modificaciòn de sentencia en lo referente a la cuantìa de alimentos.
Desde ya le aclaro que este tipo de procesos son dificiles de tramitar si su situaciòn econòmica no ha variado, entendiendo a su situaciòn econòmica, solo al hecho de percibir la misma cantidad de dinero que percibìa cuando le fue impuesta la cuota.
Porque los jueces, son del criterio que la primera obligaciòn de pago es con sus hijos; y sobreendeudarse es parte de su responsabilidad como padre.