Buenas tardes colegas, consulta para los que menejan Famila, sobre que derecho pueden tener los Menores de Edad, sobre las cantidades que reciba su padre, provenientes de un fondo por retiro, los Oficiales de la Fuerza Armada, al retirarse y pasar a pensionado, reciben un Fondo que han ahorrado durante su vida activa, pero me han dicho que los menores de edad, que tienen derecho a una pensión por parte de su padre, pueden pedir un 30% de ese fondo de retiro.
m.f escribió: Buenas tardes colegas, consulta para los que menejan Famila, sobre que derecho pueden tener los Menores de Edad, sobre las cantidades que reciba su padre, provenientes de un fondo por retiro, los Oficiales de la Fuerza Armada, al retirarse y pasar a pensionado, reciben un Fondo que han ahorrado durante su vida activa, pero me han dicho que los menores de edad, que tienen derecho a una pensión por parte de su padre, pueden pedir un 30% de ese fondo de retiro.
existe un decreto legislativo que establece que todos aquellos obligados a aportar cantidad de dinero en concepto de cuota alimenticia, ya sea por resoluciòn administrativa o por resoluciòn judicial tienen derecho al 30% del aguinaldo percibido por el obligado. Ese mismo 30% se aplica a las compensaciones que se reciben en concepto de bonificaciones, indemnizaciones y cualquier otro beneficio que le sea entregado al obligado.
Y opera de oficio. Es decir que cuando el pagador conoce de la obligaciòn de aportar cantidad de dinero en concepto de alimentos, hace el descuento del 30% de los demàs ingresos que se perciban; pero si el obligado NO tiene proceso que le obligue a aportar cantidad de dinero en concepto de alimentos, simplemente ese derecho NO puede ser ejercido por los hijos.