mi amigo tiene 18 años y por neglijencia del padre q no qiso colaborar y se atraso en el pago del colegio del joven provocando q lo expulsaran de la institucion no pudo terminar su segundo año de bachillerato en 2013 y cuando se le demando en la procuradoria el tramite termino en febrero de 2014 y ya habian cerrado las matricualas en los colegios e institutos publicos por lo q no pudo matricularse en ningun lado el padre interpuso una cesacion de cuaota alimentaria alegaando q no esta aprovechando sus estudios el en diciembre de 2014 se matriculo en el segundo año de bachillerato modalidad virtual en la udb cosa q no pudo hacer antes porq era requisito tener 18 años entonces la pregunta es cual son sus herramientas legales con esta demanda el joven no tiene vicios de ningun tipo ni a dejado ninguna materia en ningun año cero problemas de conducta q puede hacer ayuda
Solo una pregunta tu dices que se demando al padre en la Procuradoría por alimentos, de cuanto fue la cuota que se le fijo???, el padre ha faltado al cumplimiento de cuota alimenticia???, porque si es así, puede en la contestación de la demanda: contestar en sentido negativo y contrademandar por un incumplimiento de cuota alimenticia, alegando que debido a que el padre no cumplió con la cuota alimenticia su hijo no pudo matricularse a un colegio, y que no es causa justificable para la cesación de cuota alimenticia.
Ahora si el padre ha cumplido con la cuota alimenticia, entonces el hijo debe alegar que el no pudo matricularse en ese entonces porque como tu dices ya no había cupo, si es posible pedir a esas instituciones constancias para demostrar al juez que no había cupos, para que sus justificaciones tengan mas peso, o si es posible presentar testigos si los tiene, y no esta demás presentar constancias de buena conductas, notas de los grados anteriores, demostrando al juez que es un buen estudiante, pero OJO, tienen que demostrar que él actualmente se encuentra matriculado en X institución, porque solo así lograran convencer al Juez que su deseo es seguir estudiando hasta terminar su carrera o profesión, según el art. 211 inciso tercero del Código de Familia, consideró que el Juez, no le cesara la cuota alimenticia.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."
Veamos el joven es mayor de edad,por lo que la autoridad parental se ha extinguido.
EXTINCION, PERDIDA, SUSPENSION Y PRORROGA DE LA AUTORIDAD PARENTAL
CAUSAS DE EXTINCION
Art. 239.Cf- La autoridad parental se extingue por las siguientes causas:
4a) Por haber cumplido el hijo la mayoría de edad.
Por lo que la obligación del padre ha finalizado.PERO según cuenta el joven estudia con provecho por lo que seria de considerar lo que dice el siguiente articulo.
Art. 211.Cf- El padre y la madre deberán criar a sus hijos con esmero; proporcionarles un hogar
estable, alimentos adecuados y proveerlos de todo lo necesario para el desarrollo normal de su personalidad,hasta que cumplan su mayoría de edad. En la función de cuidado debe tenerse en cuenta las capacidades,aptitudes e inclinaciones del hijo.
Asi que si puede que finalize los estudios como tenia planeado en la UDB,asi que lo primordial seria conseguir los certificados de notas y constancias de buena conducta y demandar al padre.Entiendo que ya tiene proceso adminstrativo en la procuraduria asi que seria cuestion de hablar con quien lleva el caso y preguntarle que se resolvio.Y pues la otra seria iniciar proceso judicial y ser sensatos a la hora de solicitar la cuota (hacerlo considerando las necesidades y posibilidades REALES de los involucrados,no utilizarlo como venganza)y rendir lo mas que se pueda,asi hasta una opurtunidad para una eventual beca por el esfuerzo realizado,podria se muy probable.Tomen en cuenta que la obligacion ya finalizo conforme a su carater incondicional,de continuar los alimentos dependera del provecho que demuestre el joven.
muchas gracias por su tiempo y respuestas ahora bn quisiera saber si hay algun abogado disponible q pudiera tomar el caso y der asi, cuanto serian sus honorarios, hablamos de una contrademanda yo he escuchado q en algunos casos es el demandado osea el padre del joven quien pagaria los honorarios del abogado, ya q el muchacho es un estudiante y su fuente de ingresos es la cuota q el padre deposita, o si deberia ser el joven quien se rebusq ese dinero, y tambien el padre se aferra a unos correos electronicos alterados como prueba de q el joven tiene mal proseder y unos documentos bancarios q el mismo inprime de la pagina del banco osea el puuede modificarlos no tienen ni sello ni nada quiero saber si es posible interponer una mosion para desestimar esas disq pruebas porq no son legitimas, y como solo dan 15 dias para respnder y recaudar pruebas y si podemos ofrecerlas para despues presentarlas y como asemos eso y la cuota alimenticia la tiene q seguir depositando siempre asta q se termine el proceso