Consulta Caso

05 Mar 2015 16:31 #1 por AlbertoS
Consulta Caso Publicado por AlbertoS
Buenas tardes

Quisiera consultar algo relacionado a un caso sobre una familiar. A ella y a su hija la citaron al CAPS para unas terapias, llegada la fecha por motivos de fuerza mayor no se pudo presentar la fecha indicada. Se presento después y le reprogramaron la cita para una próxima fecha. En esta segunda ocasión debido a otros compromisos de la niña (escolares) y de ella (de estudios y laborales) no pudo asistir, sin embargo se presento después para volver a reprogramar la cita, solo que en esta ocasión la psicologa ya no reprogramo la cita y le archivo el caso diciendole que en el reporte iba a colocar que ella no se presentó. ¿Que se puede hacer en este caso?¿La van a citar del juzgado a mi familiar porque desacató (para ellos) una orden?¿a que se refiere con que archivaron el caso en el CAPS?¿qué tipo de repercusiones le puede traer a mi familiar? Gracias de antemano.

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05 Mar 2015 18:39 #2 por Razelaya
Respuesta de Razelaya sobre el tema Consulta Caso
lo que yo se que dependerá del juez si lo cataloga como un incumplimiento a la orden que dicho juez dio en el audiencia; hay casos en que los jueces los dejan pasar y se da la caducidad. en el caps lo archivan ya que tienen tanta demanda de trabajo y ellos envian un reporte al juzgado informando la inasistencia, talvez una buena decision seria que su familiar se presente al juzgado a manifestar los motivos por lo que incumplio la cita y por ende la terapia, asi en el juzgado levantan una acta para que no aparezca como incumplimiento a las medidas y al mandato judicial.
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05 Mar 2015 22:24 #3 por remberto
Respuesta de remberto sobre el tema Consulta Caso
COMO DICE EL COLEGA LO MEJOR ES PRESENTARSE AL JUZGADO DE FAMILIA EXPONIENDO LOS MOTIVOS POR LOS QUE NO SE PUDO HACER PRESENTE, Y DE SER POSIBLE CON LAS CONSTANCIAS, DE SER EL CASO MOTIVOS DE ENFERMEDAD O COMPROMISOS EN EL CENTRO DE ESTUDIOS. SUERTE
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05 Mar 2015 23:33 #4 por nino1002
Respuesta de nino1002 sobre el tema Consulta Caso
Incumplimiento de orden judicial
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06 Mar 2015 01:19 #5 por neron2015
Respuesta de neron2015 sobre el tema Consulta Caso
PRESENTECE AL JUZGADO DE FAMILIA EXPONIENDO LOS MOTIVOS POR LOS QUE NO SE PUDO HACER PRESENTE, Y DE SER POSIBLE CON LAS CONSTANCIAS, DE SER EL CASO MOTIVOS DE ENFERMEDAD O OTRO TIPO DE COMPROMISOS, PERO SOBRE TODO PRESENTE LAS CONSTANCIAS
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06 Mar 2015 08:53 #6 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Consulta Caso

AlbertoS escribió: Buenas tardes

Quisiera consultar algo relacionado a un caso sobre una familiar. A ella y a su hija la citaron al CAPS para unas terapias, llegada la fecha por motivos de fuerza mayor no se pudo presentar la fecha indicada. Se presento después y le reprogramaron la cita para una próxima fecha. En esta segunda ocasión debido a otros compromisos de la niña (escolares) y de ella (de estudios y laborales) no pudo asistir, sin embargo se presento después para volver a reprogramar la cita, solo que en esta ocasión la psicologa ya no reprogramo la cita y le archivo el caso diciendole que en el reporte iba a colocar que ella no se presentó. ¿Que se puede hacer en este caso?¿La van a citar del juzgado a mi familiar porque desacató (para ellos) una orden?¿a que se refiere con que archivaron el caso en el CAPS?¿qué tipo de repercusiones le puede traer a mi familiar? Gracias de antemano.


Le cuento lo que sucede cuando se archivan las diligencias en el CAPS: NADA...

Las consecuencias son después... Si es de los procesos que no causan cosa juzgada, cuando se pretenda la modificación de la sentencia, le advertirán sobre la desobediencia a cumplir con el mandato judicial que ordeno las terapias en el CAPS, y le advertirán que de reiterar la conducta, se librará oficio a la FGR, para iniciar el proceso penal pertinente.

Pero antes que se preocupe, fíjese primero en que términos se ordeno la terapia; y si esta es de obligatorio cumplimiento; porque yo, se que un 90% de las personas que NO asisten a las benditas terapias NO les pasa nada, cuando se archivan expedientes. Ojala no sea mala suerte de su familiar que pertenezca al 10%

Le sugiero entonces que primero le pregunte a su cliente, si la terapia ordenada es de estricto cumplimiento o solo es de aquellos procesos donde se ordena la terapia como parte de la costumbre del tribunal de ordenarla en todos los procesos. Aquí en San Salvador, NO en todos los procesos lo ordenan, en el interior del país, dependerá del caso y de la costumbre del tribunal.

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: coleguita, Lic. Miguel Solís, AlbertoS

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06 Mar 2015 11:24 #7 por AlbertoS
Respuesta de AlbertoS sobre el tema Consulta Caso
Buen día

Gracias por los comentarios. Una consulta, ¿Cómo puede ella saber si la orden de terapia es de carácter obligatorio? en la sentencia al final menciona: "Ordenese la asistencia al centro de asistencia psicologica ..." ya que menciona usted que no siempre es de carácter obligatorio. Gracias de antemano.

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06 Mar 2015 11:36 #8 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Consulta Caso

AlbertoS escribió: Buen día

Gracias por los comentarios. Una consulta, ¿Cómo puede ella saber si la orden de terapia es de carácter obligatorio? en la sentencia al final menciona: "Ordenese la asistencia al centro de asistencia psicologica ..." ya que menciona usted que no siempre es de carácter obligatorio. Gracias de antemano.



mmmm¡¡¡ si el proceso es muy accidentado¡¡¡ Si las relaciones interpersonales son pèsimas¡¡¡ Si por entre los adultos existen dificultades para comunicarse con sus hijos¡¡¡ Si alguno los adultos, no cumplen de la menor manera su rol: padre o madre¡¡¡¡

En fin cualquier situaciòn que solo sabe su pariente que amèrite un apoyo "obligatorio" de la asistencia a las terapias que ordeno el juez; y sobre todo si con la imposiciòn de la asistencia a las terapias, el juez estaba previniendo que situaciones màs graves pasaràn... Como por ejemplo el tìpico caso de las mujeres que NO quieren que sus hijos se relacionen con el padre con quien no viven; porque estos ya tienen nueva pareja, y de ahì surgen "enfermedades" de los niños, que les impiden cumplir con el règimen de visitas...

Son muchas las situaciones que pueden hacer obligatorio el que las partes se presenten a las terapias; y por ello le expreso que solo usted, junto con su familiar pueden determinar que tan obligatoria sea la asistencia a las terapias.

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: Lic. Miguel Solís, AlbertoS

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06 Mar 2015 11:59 #9 por AlbertoS
Respuesta de AlbertoS sobre el tema Consulta Caso
Gracias nuevamente por sus comentarios. En el caso que mencionan más arriba que sugieren que ella se presente al juzgado con alguna constancia o prueba de que por que no asistió, ¿es eso posible, la van a atender a ella o tiene que buscar un abogado para realizar ese trámite? Gracias de antemano.

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06 Mar 2015 12:38 #10 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Consulta Caso

AlbertoS escribió: Gracias nuevamente por sus comentarios. En el caso que mencionan más arriba que sugieren que ella se presente al juzgado con alguna constancia o prueba de que por que no asistió, ¿es eso posible, la van a atender a ella o tiene que buscar un abogado para realizar ese trámite? Gracias de antemano.



Depende del tribunal, de la forma como llegue su pariente al tribunal y del estado de ànimo de quien la atienda en el tribunal.

Por regla toda petición por escrito debe hacerse por medio de Abogado, facultado para realizar las diligencias.

Suerte...

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