MUY BUEN INICIO DE SEMANA A TODOS LOS COLEGAS FORISTAS, ME HAN SOLICITADO UN DIVORCIO POR LA SEGUNDA CAUSAL, LA DEMANDANTE QUIEN ES SALVADOREÑA, CASADA CON OTRO SALVADOREÑO Y VIVE EN EEUU, PROCREARON UNA NIÑA DE NACIONALIDAD ESTADOUNIDENSE, A LA CUAL AUN NO HAN INSCRITO EN EL REGISTRO DE ESTE PAÌS, POR LO QUE ME ENVIARÌA LA CERTIFICACIÒN DE PARTIDA DE NAC. DE LA NIÑA DEBIDAMENTE APOSTILLADA, PERO TENGO QUE HACER LAS DILIGEN. DE TRADUCCION, PREVIO A PRESENTAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, MI PREGUNTA ES ME SIRVE EL MISMO PODER QUE ME ENVIARÀ PARA QUE LA REPRESENTE EN EL DIVORCIO, O DEBE MANDAR OTRO TIPO DE PODER PARA LA TRADUCCIÒN ???, MIL GRACIAS POR SU AYUDA.
Un gusto saludarle colega, con la finalidad de ayudarle a lo que usted plantea, si necesita poder; y si ella le va a mandar un poder para el divorcio debería agregarle una facultad Especial para que usted comparezca ante notario a Tramitar o Sustanciar Diligencias de Jurisdicción Voluntarias en las que ella pueda tener interés, ya que recuerde que dicha diligencia para que usted la pueda tramitar debe de legitimar porque usted tiene interés. (lo cual es el caso de clienta) y no basta con que sea el apoderado judicial para que tramite el divorcio u otras facultades que pueda tener, ya que el interés legitimo no es suyo sino de su clienta, y eso es lo que debe prevalecer.
Revise los Articulos 2 y 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdiccion Voluntaria y Otras Diligencias