Buenas tardes ilustres colegas.
Quiero conocer sus opiniones respecto a lo siguiente:
1- El Convenio de Divorcio por Mutuo Consentimiento, puede ser emitido por los cónyuges o debe ser ante notario ?
2- El poder para el abogado que llevara las diligencias del divorcio, debe ser ante Notario ?
3- Uno de los cónyuges es abogado, puede por si mismo, llevar las diligencias, auto divorciarse ?
Hago estas consultas en este foto, ya que el Do. de Familia NO es mi especialidad.
1. El Convenio de Divorcio es suscrito por los cónyuges y autorizado en Escritura Publica o Acta Notarial.
2. El Poder debe ser Elaborado en Escritura Publica o en Escrito simple con firma legalizada.
3. Si es Abogado si puede intervenir en las diligencias.
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El convenio de los conyuges, tiene que suscribirlo ambos, puede ser en acta notarial o escritura publica.
El poder se lo pueden otorgar ambos, o sea un solo poder, puede ser con firma legalizada en hojas simples, o en escritura publica.
En el caso que haya hijos menores de edad, no se olvida de realizar caucion juratoria, puede ser una sola caucion para ambos o tambien separadamente.
1) Respecto al convenio, pueden hacerlo solo con firma legalizada, esta una sentencia de camara en la cual un Juzgado de Familia de Santa Tecla no admitio el convenio y la camara ordeno que conociera y q la ley no dice nada al respecto de las formalidades de los Convenios de Divorcio.
3) Creería que la procuracion es obligatoria, muchos colegas contratan a otros para los divorcios.