Hola,
En audiencia de sentencia en caso de violencia intrafamiliar, representando a la parte demandante, quiero saber que preguntas puedo hacerles a los testigos tanto del demandado como del demandante. Además que es lo que se logrará con la sentencia, ademàs de que sigan las medidas de protección ya decretadas????
Gracias
Bueno en primer lugar unicamente le haras las preguntas a los testigos que tu presentes como demandante, (hasta donde yo recuerdo cuando yo estaba en un tribunal de familia las partes unicamente interrogan a los testigos ofrecidos por ellos no por la contraparte, quien interroga a todos es el procurador(ra) y el Juez. Que preguntas, bueno, puede ser en primer lugar.
1 si conoce a la testigo,
2 desde cuando la conoce, de donde
3 que si ha sido testigo de la violencia en su contra
4 si el demandante le ha relatado en alguna ocasion algun tipo de maltrato (aca puede empezar el testigo a manifestar lo dicho por el demandante) etc. etc.
Espero haber podido ayudarte. aunque sea un poquito.
La verdad que si me ayudaste.
Gracias!!! La audiencia fue ayer y se suspendiò porque la parte demandante no llevó sus tisgos. Pero algo extraño en esa audiencia no vi procurador de familia.
GRACIAS
Mercy escribió: La verdad que si me ayudaste.
Gracias!!! La audiencia fue ayer y se suspendiò porque la parte demandante no llevó sus tisgos. Pero algo extraño en esa audiencia no vi procurador de familia.
GRACIAS
Sencillo el procurador de familia esta para vigilar el debido proceso y dar representacion a ausentes, en LOS PROCESOS DE FAMILIA.
Y la violencia intrafamiliar no es un proceso de familia, es un proceso meramente de proteccion. Que se conoce en los juzgados de Familia en todas sus instancias, como en los de Paz, aunque con remision a la camara de familia en su caso.
Bueno, pero si quieres saberlo, busca un articulo de la ley de violencia intrafamiliar que diga que es indispensable la presencia del Procurador de Familia yo lo busque no lo encontre, suerte(En los juzgados de paz no hay procurador de familia presente en las audiencia de violencia intrafamiliar).
Pero la presencia del Procurador de Familia, en algunas audiencias en los J de Fam. es desicion del Juez, por criterio propio, lo cual puede ser discutible en caso de una intervencion indebida por parte del Procurador de Familia.
Keni Hernández
Abogado y Notario
Inf. 7426-3170
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