Art. 575.- Interpuesto y admitido el recurso, el juez o cámara remitirá los autos sin tardanza al tribunal correspondiente superior en grado, con emplazamiento de las partes, para que comparezcan a hacer uso de sus derechos dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación respectiva.
Art. 582.- Recibida la causa a prueba en segunda instancia, tendrán lugar las probanzas, en la misma forma que en primera instancia, lo mismo que las tachas. Caso de ser admitida éstas, sólo podrán tacharse los testigos aducidos en segunda instancia; pero no se admitirá la de los de primera instancia, háyanse o no tachado en ésta. La apreciación de la prueba será hecha del mismo modo que está prescrito para la instancia inferior.
Art. 583.- Todo término de prueba en segunda instancia será la mitad del que la ley concede para la primera instancia.
Art. 584.- Vencido el término probatorio y verificadas las pruebas propuestas, caso de haber tenido lugar, se confirmará, reformará o revocará la sentencia o resolución apelada, pronunciándose la correspondiente dentro de los cinco días siguientes.
Art. 585.- Si el apelado no compareciere, se fallará como si se tratare de revisión; pero si no compareciere el apelante, vencido el término del emplazamiento hecho por el Juez, el tribunal de segunda instancia, aun de oficio declarará desierta la apelación, sin otro trámite que la certificación del Secretario que asegure no haberse apersonado en tiempo la parte.
Declarada la deserción quedará ejecutoriada la sentencia de que se apeló.
En segunda instancia no se considerará en ningún caso término de la distancia.
Pues lo que se te dice, es que en dentro del término de cinco dias habiles siguientes a la notificacion comparezcas a la camara, pero ojo no es que vayas a una audiencia aún, la audiencia sólo será necesaria si se ha ofrecido prueba por alguna de las partes, de lo contrario la cámara resolverá con sólo la vista de los autos que le hayan sido remitidos; sino compareces a oponerte pues resolverá como que se tratase de revision es decir, resolverá sin mayo trámite, confirmará, reformará o revocará la sentencia o resolución apelada, pronunciando la correspondiente dentro de los cinco días siguientes. Entonces son alegatos porque nota que dice que es dentro del termino de cinco dias que puedes hacer eso ante la cámara de lo laboral, si fuera audiencia te señalarian fecha de audiencia, pero eso como te repito sólo lo hace la cámara en el caso de que se vaya a valorar prueba.
Entonces basta que hagas un escrito a la cámara, te haré un bosquejo de cual es la idea que debes presentar, debes rebatir lo expresado por la contraparte en el recurso de apelación, pues es obvio que ya tienes una copia del recurso, eso será tu base de alegato, rebatir con fundamento de hecho y de derecho esos argumentos planteados en el recurso, te hago un medio bosquejo, porque no tengo recursos en materia laboral pero básicamente es lo mismo. Espero te sirva como una guia ilustrativa, dado que no te puedo facilitar un modelo exacto para tu caso, pues tendria que tener a la mano la apelacion y la sentencia del juez de lo laboral.
HONORABLE CAMARA
DE LO LABORAL
DE LA CIUDAD DE
, Se dirige a usted,
(tus generales), para hacer de su conocimiento lo que a continuación EXPONGO: Que soy apoderado general judicial del trabajador
, tal como consta en el poder general judicial agregado en autos del proceso laboral de
, número
, promovido en contra de
, y asi mismo en la causa laboral del conocimiento de esta cámara consignada con el número ...............
Que he sido notificado en legal forma de la resolución de las tales horas del dia tal, proveído por el juzgado de lo laboral de tal ciudad por medio de la cual se hace de mi conocimiento que se ha interpuesto recurso de apelación en contra de la resolución de fecha tal, decretada en favor de mi representado.
Que encontrándome dentro del plazo legal dispuesto por el art. 575 de ese mismo cuerpo normativo para hacer uso de los derechos que el código laboral confiere a las partes, y estando facultado para ello. por mi poderdante, vengo a contestar el recurso de apelación interpuesto por
.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Que el apelante expresa que........................., pero no obstante eso no es cierto, dado que ....
Que de igual manera el señor tal, expresa que el juez de lo laboral.........................., sin embargo ..................a mi criterio ,,,,,,,,,,... y en virtud dicho motivo de apelación no es procedente, etc.
Que finalmente el apelante manifiesta que.........................., y en ese mismo sentido me opongo a que deba revocarse o modificarse la sentencia pronunciada por el Juez de lo Laboral en vista que ...........,,etc.
Petitorio:
En vista de lo anterior a VOS PIDO:
Me admitaís el presente escrito
Tengáis por ejercido el uso de los derechos que el código laboral confiere, en los términos por mi expresados.
Confirmési la resolución proveída por el Juzgado ... de lo laboral.... de la ciudad de .... de las tales horas del dia tal, en el proceso laboral de ...... consignado bajo el número tal.
Señalo para oir notificaciones ..........
San Salvador .... dias del mes ... del año dos mil trece.