Sobre la enajenación del crédito

29 May 2013 21:17 #1 por Alvarez
Sobre la enajenación del crédito Publicado por Alvarez
Necesito su ayuda! Según lo estipula nuestro Código de Trabajo, en articulo 135 en su incido segundo, se "prohibe toda enajenación del acredito por salarios", según e entendido esta parte de este articulo se puede interpretar de diferentes maneras, yo lo tomo que el crédito por salarios es personal y por ende este solo debe recibirlo el trabajador.
Pero en si, ¿Que significa que se prohibe todo enajenación del crédito por salario?

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20 Jun 2013 15:52 #2 por lex_yuki
Respuesta de lex_yuki sobre el tema Re: Sobre la enajenación del crédito
No se si estare en lo correcto, pero creo que se refiere a la tradicion del mismo. Por ejemplo no podrias enajenarlo por medio de una cesion de creditos. Es mas o menos lo que entiendo

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