URGE INFORMACION LABORAL

25 Jul 2013 20:28 #1 por MAYDAY
URGE INFORMACION LABORAL Publicado por MAYDAY
Nuevamente muy buenas ncohes amigos por aca auxiliandome respecto a una duda se que hay muchos colegas con mayor experiencia y podran orientarme; Como bien dice el titulo es en materia Laboral, el caso es que en un proceso laboral fue condenada la parte demandada a pagar la indemnixacion y otras prestaciones al trabajador, bien segun me comentaron presentaron recurso la parte demandada y pues la camara de lo laboral confirmo la resolucion del juez de lo laboral, mi pregunta es cual es procedimiento para que se haga efectivo la ejecucion de la sentencia, el pago de la respectiva indemnizacion a la cual fue condenada la parte demandada, es decir hay que presentar algun escritoooooo, y si alguien tiene un modelo si podria compartirlo, y pues no se habria que nombrar algun ejecutor si fuese necesario.- Y de antemano solicito su colaboracion y asi poder hacer lo mas acertado.-


Gracias por tomarse un poco de su tiempo para leer esta interrogante exitos y muchas bendiciones.-

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26 Jul 2013 13:08 #2 por pretor
Respuesta de pretor sobre el tema URGE INFORMACION LABORAL
La ejecución de la sentencia en materia laboral debe plantearse ante el mismo juez que conoció en primera instancia es decir, ante el mismo juez que la pronunció esto con base a lo establecido en el artículo 422 C. T. , el formado puede ser el de una demando indicandole al juez que la sentencia fue proveía por El el día tal a a tales horas en la cual se manifieste los terminos bajo los cuales esta fue pronunciada y que en ese sentido viene a iniciar diligencias de ejecución de sentencia.

una vez el Juez admita la demanda ordenará embargo en los bienes del condenado y se puede comisionar a un juez de paz del domicilio donde se encuentran los bienes del condenado o bien se puede nombrar a un ejecutor de embargos para que pueda hacer la traba respectiva. en este caso no hay termino de pruebas ya que una vez el juez haya verificado el embargo de bienes ordenara su venta en publica subasta. dichas publicaciones serán gratuitas en el Diario Oficial y en todo lo demás se observarán las reglas del juicio ejecutivo.

espero que esta pequeña ayuda le sirva

saludos

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