Buenas noches;
Soy dominicano, pero trabajo para una empresa con asiento en El Salvador, de la cual me reporto a Costa Rica pero mi salario me lo pagan vía El Salvador y me rijo por el código laboral de dicho país. Mi pregunta es, Si presento mi renuncia a dicha empresa, que reconoce el código laboral de El Salvador que me puede indemnizar la empresa por mis años de servicios, trabajando un pre-aviso de 30 días?
Le empresa no esta obligada a indemnizar al trabajador que voluntariamente presente la renucnia, Art. 54 Codigo de Trabajo, lo que te sugiero es que negocies con ellos tu renuncia, hojala ellos accedan a indemnizar, pero no te desilusiones ni te molestes si ellos no acceden a tu peticion, te lo digo por experiencia, haces unos anos renuncie y trate de negociar, pero no obtuve nada, lo importante que lo intente y no me fui con la duda, Bendiciones para ti.
El siguiente usuario dijo gracias: Guardado, guillegerol