Muy buenas noches:
Mi caso en particular es que trabajo en una institución del gobierno que cuando conviene somos adheridos a salud y cuando no somos autónomos, pero bien continuamos siendo de función publica.
Mi problema es que he realizado gestiones para un préstamo por $26,000 dolares los cuales según mi salario me los aprueban en una cooperativa, la situación es que para dármelo ocupan el 20% del préstamo personal y el resto lo ubican en el 30% para prestamos hipotecarios, la cosa es que en tesorería no quieren aceptarme la orden de descuento puesto que sobrepasa mi 20% de mi salario y solo aplica el 30% hipotecario para el F.S.V.
Quiero saber si esto es legal o están violentando mi derecho a los prestamos o si la corte de cuentas lo decla-
ra ilegal esta situación.
Gracias por su atencion
NO SE MUCHO SORE EL TEMA
PERO PUEDES BUSCAR OTRA COOPERATIVA QUE TE DE EL DINERO QUE QUEDES
PERO SI SE QUE ES REAL QUE SOLO TE ABARQUE EL 30% DE TU SUELDO
PERO SE DE CASOS QUE HAY PERSONAS QUE ESTAN TOPADAS CON PRESTAMOS Y LES DAN DE SUELDO UNA LIMOSNA ESO QUIERE DECIR QUE TIENEN MAS DEL 30% ASI QUE CONSULTA CON TU PAGADOR Y SI EL TE APRUEBA EL DESCUENTO ADELANTE
LEA EL ARTICULO 136 DEL CODIGO DE TRABAJO QUE ENTRE OTRAS COSAS DICE QUE LEGALMENTE EL DESCUENTO QUE DEBE REALIZAR EL PAGADOR ES HASTA EL MAXIMO DEL 20 POR CIENTO DE SU SALARIO TOTAL...
LO QUE SUPONE ENTONCES QUE AUNQUE TU TENGAS LA NECESIDAD Y AUTORICES UN DESCUENTO MAYOR AL 20 POR CIENTO EL QUE TIENE LA ULTIMA PALABRA SEDUCIDO POR LA LEY SERA TU PAGADOR...
EN LA PRACTICA SE HACEN ESA CLASE DE ARREGLOS DEL 20 Y EL 30 COMO FIGURA HIPOTECARIA, EN EL SECTOR DONDE TRABAJAS, LO QUE MUESTRA ENTONCES QUE SI SE PUEDE....PERO OJO EL QUE TIENE LA ULTIMA PALABRA ES LA DEL PAGADOR SEDUCIDO POR LA LEY-....
El siguiente usuario dijo gracias: NVramirez, Anónimo 77