Hola, soy empleado de ley de salarios bien remunerado y cometí el error de participar en una licitación en mi lugar de trabajo con mi esposa que es constructora, ganamos la licitación y eso fue hace año y medio y no me habían sancionado ni dicho nada, porque suspendieron el contrato hoy con las nuevas autoridades alguien denunció el caso y desde ahí me llamaron para notificarme que me levantaron un proceso. Pregunto si vale la pena defenderme?, creen que puedo ganar? porque la ley dice que es motivo de despido pero me sacan otras faltas como por ejemplo una sanción de pago de obra adelantada que cometí hace 8 años , y cuento con nota de destitución de cargo, es decir me bajaron categoría aparte de ello me han descubierto que utilize el vehículo que me habían asignado para trámites personales, pero eso no me lo han señalado, creen Uds. Que puedo ganar el caso con un buen abogado? No quisiera gastar en vano
Les voy a agradecer me respondan con la verdad
Constitucionalmente TODA persona tiene derecho a la defensa.Ahora valore en "su intima convicción" si lo actuado es correcto aun cuando evidentemente usted por sus propias palabras sabia que era incorrecto lo que hacia.Le adantalere un dato dentro de los criterios que el actual sistema de justicia penal utiliza par determinar la culpabilidad de los imputados esta que el individuo conocía lo ilícito de su actuar y aun a pesar de ello lo cometió y como segundo punto se le podría pedir otra conducta lo cual cual usted no lo hizo .No lo juzgo sino lo insto con que su misma pregunta se responde que si tiene la posibilidad de asumir sus errores en benificio de todos lo haga.
Debe llegar hasta las ultimas instancias en su caso, ahora bien, si le sacan faltas que ya fueron juzgadas, recuerde que nadie puede ser juzgado dos veces por la misma causa, además revise los plazos de prescripción de los procesos sancionatorios.
Buenas tardes.
Leyendo su caso, debo decir que concuerdo con lo expresado por el colega Juan Avelar.
Si bien la presunción de inocencia es un Derecho Constitucional que no puede ser violentado y debe someterse al debido proceso para determinar su culpabilidad o no, creo que lo correcto éticamente es que usted valore su propio actuar y si considera que ha cometido errores e infracciones, pues lo mejor es aceptarlos y actuar acorde con ello.
No obstante, debe tener en cuenta que pelear su caso es su derecho. Siempre sostengo que, por la forma en que opera nuestro sistema judicial, las probabilidades de ganar un caso son siempre 50-50.
Depende solamente de la habilidad de su abogado y de la capacidad que tenga de crear en el Juez la convicción de que usted no ha cometido faltas.
Abogado que le garantice 100% las resultas de un proceso judicial, debe llamarle siempre a la duda,pues la decisión depende de un tercero.
Buenas tardes: como lo mencionan colegas anteriormente Ud. tiene derecho a defenderse, es su derecho constitucional, pero según como Ud. mismo lo expresa Ud. estaba sabedor que cometió varios errores, de los cuales es imposible que pueda alegar desconocimiento de la ley, porque nadie puede alegar eso, y coincido con el colega al asegurar que las probabilidades son 50 y 50 en cualquier caso por depender de un tercero, pero en el caso concreto que Ud. expone y explica muy bien por cierto, yo como profesional le veo 80% que pierda y 20% que gane. Es mi opinión muy personal en base a la experiencia. Suerte y Saludos Cordiales
Perdón hasta ahora veo su comentario, habla que hace año y medio se cometió la falta yo comparto en parte las opiniones de mis colegas en cuanto a aceptar las conductas que cometemos, pero no comparto incluso la estadistica de 50 y 50 u 80 20, lo que le puedo decir es ALEGUE PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA si todavía es tiempo si la falta es de hace año y medio en el sector público las acciones derivadas de amonestaciones etc. prescriben a los 180 días es decir 6 meses, si todavia esta en tiempo ALEGUELA y 100 que ganará
Muy buenas tardes disculpe la interrupcion pero tengo una duda tengo un compañero de trabajo que quiere faltar un dia sin justificar su falta y quiere ser despedido pero lo que no sabe es si lo contaran como abandono de trabajo y si eso le afectaria a la hora de despedirlo al pagarle el tiempo le descontarian por un dia?
Buenos días.
Depende de que clase de trabajador sea. Si es público, la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los Empleados Públicos le conceden cinco días de permiso sin necesidad de justificación, alegando simplemente motivos personales.
Si es privado, el faltar injustificadamente por un solo día, no es motivo de terminación de contrato (Art. 50 No. 12 Código de Trabajo). La ausencia injustificada es de 2 días completos consecutivos, o 3 medios días aún no consecutivos en un mismo mes calendario. Ojo, que si incurre en esta causal, el patrono puede despedirlo con justa causa y no tendría derecho a reclamar nada.
Si lo que el trabajador desea es irse y que le paguen algo, lo mejor y mas correcto es que el renuncie voluntariamente y se acoja a las disposiciones de la Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria.
Saludos.
tengo una demanda por despido injustificado, el demandado ya presento su primer informe ante la corte relatando los hechos y justificando el proceso administrativo sansionatorio del despido.
pero en el segundo informe y en la fase de pruebas el demandado presento su escrito y comenza justificando el despido diciendo lo mismo que en el primer informe pero a medida que este se lee coloca ademas que se le despide por perdida de confianza y que la plaza es de confianza y que se estralimita en sus funciones, esto es nuevo, las cuales no dijeron desde un principio.
aparte que no presenta ninguna prueba solamente el escrito relatando los hechos y justificando el proceso administativo sansionatorio.
la demanda aclara que el despido es en base a una supuesta falta.
mi pregunta es: que pasa cuando el demandado cambia o modifica los hechos ante la ley, ya que este en la segunda y ultima etapa jutifica otras cosas.
Agradeceria muchisimo su humilde opinion
Última Edición: 21 Abr 2016 15:53 por mnavarrete1971.
tengo una demanda por despido injustificado, el demandado ya presento su primer informe ante la corte relatando los hechos y justificando el proceso administrativo sansionatorio del despido.
pero en el segundo informe y en la fase de pruebas el demandado presento su escrito y comenza justificando el despido diciendo lo mismo que en el primer informe pero a medida que este se lee coloca ademas que se le despide por perdida de confianza y que la plaza es de confianza y que se estralimita en sus funciones, esto es nuevo, las cuales no dijeron desde un principio.
aparte que no presenta ninguna prueba solamente el escrito relatando los hechos y justificando el proceso administativo sansionatorio.
la demanda aclara que el despido es en base a una supuesta falta.
mi pregunta es: que pasa cuando el demandado cambia o modifica los hechos ante la ley, ya que este en la segunda y ultima etapa jutifica otras cosas.
Estimado mmnavarrete1972:
No me queda muy claro su caso.
Por lo que ha escrito, entendería que se encuentra en un proceso Contencioso Administrativo o de Amparo, ante una de las Salas de la CSJ.
Si esto es así, siempre, se solicita a la autoirdad demandanda un primer informe, que solo versa sobre la existencia del acto que se esta atacando. Posteriormente, se solicita un segundo informe, en el que se deben exponer las justificaciones que llevaron a emitir el acto reclamado.
Rendido este informe, si es procedente, la Sala abre a pruebas para que cada parte proponga o demuestre su pretensión, luego de lo cual, vendría la sentencia.
En ese entendido, es lógico que los hechos que usted relata en su demanda, no serán los mismos que se detallen en el informe de la autoridad demandada, pues este último responderá a los intereses de la autoridad demandada y no a los suyos.
Sin ver los documentos del caso, es difícil concluir si hay o no alguna ilegalidad.
En todo caso, en materia laboral, la demanda solo puede modificarse antes de que se lleve a cabo la audiencia conciliatoria.
Saludos.