Hola, necesito ayuda referente a la CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA DE DECRETO DE EMBARGO, tengo diez días para contestarla, yo nunca he hecho una me gustaría si alguien tiene algún modelo porque no se cómo redactarla es la primera vez que tengo un caso en esta área, o me gustaría ponerme en contacto con alguien que tenga experiencia en esta área.
BUENO PARA CONTESTAR UNA DEMANDA DE ESTE TIPO ES NECESARIO PODER LEER LA DEMANDA YA QUE DEPENDIENDO DE LA MISMA SURGEN LOS MEDIOS DE DEFENSA QUE SE PUEDEN OCUPAR, YA QUE CON LA SOLA CONTESTACIÓN PODES GANAR UN CASO, PERO ESO DEPENDERÁ DE LO QUE ESTA DIGA, POR ESO PARA AYUDARTE SERIA BUENO QUE DIERAS MAS DETALLES AL RESPECTO DE LA MISMA, CUALQUIER COSA MI CORREO ES Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Leo.
Para contestar una demanda de Proceso Ejecutivo, primeramente debes de saber los motivos de oposición Art. 464 C.P.C.M. y en base a esos motivos es que tienes que contestar la demanda.
Sin embargo, necesitaría mas detalles de la demanda, para ayudarte.
Art. 464.- Sin perjuicio de lo establecido en otras leyes serán admisibles en el proceso ejecutivo los siguientes motivos de oposición:
1°. Solución o Pago efectivo.
2°. Pluspetición, prescripción o caducidad.
3°. No cumplir el título ejecutivo los requisitos legales.
4°. Quita, espera o pacto o promesa de no pedir.
5°. Transacción.
solo por estos podes hacerlo si no estas en un caso suplepletorio de lo que digan otras leyes pero hay que buscar primero en estas oportunidades
ok, como se dijo dietes diez dias habiles para contestar, se contesta la demanda, igual que una demanda ordinaria, en la oposicion puedes iniciar con el analisis y controvertir los defectos procesales que tenga tanto la demanda como el titulo valor, que estan valiendo para ejecutar, como tambien puedes contestar con una solucion a la demanda o al pago en efectivo, tienes que analizar el titulo, para ver si se puede oponer una prescripcion o caducidad, recuerda para los titulos hay prescripcion o sea plazos de valides, este seria un modo de extinguir la obligacion que reclaman a tu cliente, tambien puedes ver y examinar si el titulo carece de algun requisito legal, aok, eso es todo,