Puede alguien ayudarme con este problema, existe una sociedad X que tiene un edificio en que esta un hospital, en el que hay equipo medico o de hospital y la sociedad quiere arrendarlo a una sociedad de médicos en el que incluirá edificio, equipo de hospital y permisos todo, pero dicha sociedad quiere una resolución en el que ellos se desligan de toda responsabilidad que pueda ocurrir con la sociedad que arrendara todo, si tienen alguna figura en la que se pueda ubicar tal problemática.
se me ocurre que a través de una cláusula que estipule:
la sociedad arrendante no es responsable por los actos que realice la arrendataria. es de exclusiva responsabilidad de la arrendataria responder por sus actos.
hasta donde sé, no tendría porque responder el arrendante por actos del arrendatario, ya que escapan a su esfera de control.
esta es mi humilde opinión
bendiciones