Muy buenas tardes solicito de su ayuda si en el registro de comerico me observan una prenda por que debo consignar si el garante prendario tiene o no derecho inscrito a su favor el inmueble en el que va a radicar laprenda.
que debo de hacer
gracias
que cosa es lo que dara en prenda el deudor es lo primero que ahy que saber por que sie maquinaria agricola si es necesario que tenga inscrito el inmueble sobre el que radicará la prenda
Si tiene derecho inscrito en el inmueble se debe inscribir tambien en el Registro de Propiedad, por eso es la consulta del REgistro de Comercio, ver el art. 1115 Cm
Lo que debe hacer, es preguntarle al deudor prendario si sobre el inmeble en el cual permanecerá la máquina es de su propiedad, lo cual le comprobará con la escritura respectiva, en caso que el inmeble sea de otra persona, debe consinarse en la escritura sobre el inmeble donde radicará la prenda el deudor no tiene derecho inscrito a su favor. Si tiene derecho inscrito, la prenda se inscribirá en el registro de la propiedad, en caso contrario, en el registro de comercio.
En ambos casos debe intrelinerar si existe o no derecho inscrito a favor del deudor y hacer la sustitución de falios.
En caso que la prenda debe inscribirse en el registro de la propiedad, los derechos de registro se le incrementaran.
Saludos
Última Edición: 10 Nov 2012 21:58 por cordobias. Razón: Corregir redacción