muy buenas estimados colegas, recien me inicio en esto de la litis y quisiera orientacion de su parte en lo siguiente
mi cliente me dice que un pariente suyo pago a un ^coyote= para que lo llevara a USA, la cuestion esque el coyote le pidio como anticipo por el viaje $2500 y firmo una letra de cambio en blanco, la cuestion es que el chamaco que llevaba lo detuvieron antes de llegar al DF en Mexico, y el coyote ya no quiso llevarlo otra vez, asi que este quiere hacer efectivo el reembolso del dinero, el coyote no quiere devolver nada, el dice que aunque sea 200o le devuelva por los gastos que hizo en el primer viaje...
ya me aporsone al registro a pedir una carencia de bienes del deudor, y en eso estoy aun. Pero en cuanto a las relaciones de los hechos lo puedo hacer como un prestamo que se le hizo ?, tambien tengo los datos del deudor a excepcion del NiT, habra algun problema con eso? en fin espero su orientacion respecto a este proceso, de antemano gracias
en la misma linea colegas, que recomendacion me dan en el sentido que el deudor solo firmo la letra que segun mi cliente esta en blanco, entonces que ponga auna 3ra persona a que termine de llenarla? habra algun problema en el proceso por eso?
Para cobrar una letra de cambio sin protesto vía judicial necesita llenar la letra con los datos del deudor a nombre del acreedor y la cantidad que este ( deudor ) adeuda, una vez llena se hace la demanda,la cual ira acompañada de la fotocopia de : letra de cambio, y fotocopia del DUI y NIT del deudor y acreedor. Pero si el deudor no tiene bienes con que pagar,que sentido tiene demandar