Alguno de ustedes ha inscrito una SOCIEDAD DE PERSONAS (UDP) ya que hablo al MISTERIO DE HACIENDA Y NUNCA CONTESTAN. MI consulta va si debe efectuarse un pago y si hay un mínimo de capital de inscripción.
Me imagino que lo que lo el colega pide es unión de personas "jurídicas" es decir sociedades.Po lo que se formaría un Consorcio,este tendrá que atenderse a las mismas disposiciones de la creación de la sociedades;por lo tanto igual capital mínimo;suscripciones de acciones etc.
Última Edición: 30 Jul 2015 18:03 por juan avelar o.
Efectivamente si existen uniones de personas segun la legislacion de la UACI, normalmente las piden para contrataciones o licitaciones bajo ciertos parametros.
El concepto es diferente al de una Sociedad.-
ZONA DE CONFORT...JUSTIFICACION PERFECTA PARA NO HACER, NO CRECER, NO ARRIESGARSE Y NO VIVIR....
Última Edición: 30 Jul 2015 21:14 por KARLA DE RUBIO. Razón: AGREGUE MAS INFO
Perdon por la hora pero bien dicen que.el.que.no.estudia es menos abogado y digo esto porque hoy aprendí algo más gracias a la.colaboración de los.colegas que han mostrado.sus ideas
Este día hable con el departamento. Jurídico del.ministerio de.hacienda e.incluso para ellos es novedosa en el.sentido que la ley es corta en dar los parámetros que se deben cumplir
El.primero.es de aclarar que no hay necesidad de yu n capital mínimo. Segundo que se basa en las cláusulas con las que se crea una sociedad. 3) regularmente la utilizan para un momento determinado
El Art 41A del codigo Tributario establece un concepto de este tipo de contratos y que tiene que ser en escritura publica la cual debe de presentsrse a Hacienda es decir esta figura no da la calidad de empresa simplemente es un contrato para realizar una actividad empreesarial en comun por cierto tiempo, puede o no ponerse capital