Buenas Tardes colegas, soy abogada recién autorizada, tengo un caso en el que mi cliente quiere hacer efectivo un pagare sin protesto que debería haberse pagado en enero, ya estamos en marzo y aun no recibe el pago.
Quisiera que me instruyeran sobre que es lo primero que debo hacer, ya revise que cumpla los requisitos del 788 de Ccom, y ante quien debo de interponer el descrito ya que señalan como domicilio el de San Salvador.
Y si pudiese tener modelos de demandas se los agradecería muchísimo.
Espero sus aportes, muchas gracias.
Lo primero que debes hacer es revisar si el titulo valor cumple con todos los requisitos, y debes verificar que no haya prescrito la acción, plazo que contaras a partir de la fecha de pago, no de emisión del titulo valor, si tiene señalado jurisdicción especial debes interponer la demanda en el juzgado que señale el titulo y si no deberás interponer la demanda en el juzgado del domicilio del demandado. Es importante que tengas identificados los bienes que vas a embargar ya que en la demanda debes pedir que se embarguen.