SI UNA PERSONA TIENE UN INMUEBLE Y VENDE POR VÍA DE DESMEMBRACIÓN A OTRA 100 METROS,
PERO UNOS AÑOS DESPUÉS ESA PERSONA SE ARREPIENTE Y SE LO DEVUELVE ATRAVEZ DE UNA VENTA,
LA PERSONA RECUPERA SU INMUEBLE GENERAL Y AHORA DESEA HACER UNA REMEDICION PARA SABER
CUANTA ES CON EXACTITUD SU EXTESION SUPERFICIAL.... ESO ES UNA REMEDICION O UNA REUNIÓN DE
INMUEBLES????
Cómo ya se realizó una desmembración con anterioridad hubo separación de inmuebles; por lo tanto ahora se debe de realizar todas las mediciones siempre con un Ign. para hacer la reunión de inmueble.
hola buenos dias a todos, aportando un poco al temas, seria una reunio de inmueble si lo que se desmembro ya estaba registrado, en el Registro respectivo, porq sino seria una remedicion, para saber cual es el area real del inmueble