HARE UNA COMPRAVENTA DE INMUEBLE, CON APODERADO, PERO EL PODER ESPECIAL LO OTORGARON PARA VENDER 2 INMUEBLES, A LOS QUE UNICAMENTE LES DETALLA EL NUMERO DE INSCRIPCION. PUEDO USAR ESE PODER EN ESOS TERMINOS O ES NECESARIO QUE TENGA LA DESCRPCION DE CADA INMUEBLE. ( PARA EL CASO UNICAMENTE SE COMPRARA UNO)
Te seré lo mas honesto y como hago yo en estos casos, soy bien papista, yo soy de los que en el poder solicito que venga bien detallado el inmueble del cual se ha otorgado poder, que en el mismo se relacione que tiene facultades para realizar la venta y tradición y demás demás derechos reales o conexos, que tenga facultad para comparecer al otorgamiento del dicho instrumento ante notario, pudiendo recibir las cantidades de dinero de dicha compraventa, ya sea en efectivo o en otra forma distinta-cheque-detallado claramente la matricula y la descripción del inmueble completa.
Será mas tedioso pero mas seguro, recuerda que tienes que relacionar en dicha compraventa que no agregaras el testimonio de dicho poder a tu legajo de anexos por haber pendiente otros actos a realizar, si en el poder solo es un inmueble tienes que agregar dicho poder a tu legajo de anexos y así relacionarlo.
Saludos.
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.
Ok colega, usted debe tener un poder en el que le especifiguen el inmueble que van a vender, si el anterior tenia detallado dos inmuebles distintos al que tramos, ese documento ya caduco y para poder continuar con los tramites debe tener el poder especial con la clausula que habilita vender el inmueble especificado, recuerde que estos poderes los tendra que adjuntar al legajo de anexos de su protocolo, de no contar con ello se arriesga a ser sancionado???.