Me han dicho que cuando una asociación sin fines de lucro quiere recibir alguna cosa o varias (en calidad de donación) desde el extranjero en ADUANA siempre les cobran impuestos, como si fuera una personal natural, y que les dijeron que si fuera Fundación no les cobrarían impuestos.
Por ello me genera la dudas:
1. ¿Qué tan cierto es esto?
2. ¿Qué traerá más beneficios, constituir una asociación o fundación (a pesar del patrimonio inicial)?
3. ¿Cuál será menos costosa constituir?
Colega, le comento que la exención de impuestos solo opera en aquellas Asociaciones y/o Fundaciones que sean de Utilidad Pública y que asi hayan sido declaradas.