Estimados colegas, mis dudas son las siguientes: 1) la madre del causante es una señora de 90 años que desea repudiar la herencia, en caso de elaborar el acta notarial de repudio de la misma, deben consignarse testigos por la edad de la señora aunque ella se encuentre en perfectas facultades mentales?? 2) cuando se presente la oportunidad de publicar los edictos debo relacionar el repudio antes mencionado. De antemano gracias.
Para empezar eso de repudio de herencia ya no existe.
La única forma es que se haga una escritura pública de sesión de derechos hereditarios. Por supuesto, por la edad de la señora hay que poner testigos que den fe que está haciendo el acto con entera voluntad, ya sea que se siga el trámite por vía notarial o judicial;
Si en caso se sigue por vía judicial en la solicitud de aceptación de herencia deberá consignarse quiénes son las personas con derecho a la sucesión del causante y que el juez les llame para ver si renuncia o no a la herencia a la que tienen derecho.