Buenas noches.
Quisiera solicitar ayuda con respecto a este tema. Conozco a un notario que desde hace 10 años promovió las Diligencias de Reposición de Hojas de Protocolo. Estoy al tanto del procedimiento en el juzgado de lo civil que expone el art. 60 y sig., Ley de Notariado. El problema es que no se probó que no actúo negligentemente en la pérdida de ese folio. Él quiere promoverlas de nuevo. ¿Deben promoverse sobre los mismos hechos? Él tiene la denuncia y todo. Mi planteamiento va enfocado a esa resolución, porque no está suspendido ni inhabilitado, él puso a disposición de la sección de investigación profesional su protocolo, y a la disposición de la sección del notariado. Pero se lo regresaron.
Yo estoy pensando intentar un Amparo, porque prácticamente tiene una especie de "pena accesoria", pareciera una condena penal, cuando no hubo delito. Está en el limbo jurídico porque ni está suspendido ni le otorgan otro Protocolo. Esto ya es atentatorio de sus derechos, ¿por qué mejor no lo suspendieron...?
Quedo atento a sus respuestas.