HOLA, NECESITO SABER COMO PUEDO HACER EN EL CASO, QUE UNA SEÑORA QUIEERE ACEPTAR HERENCIA DE SU ESPOSO PERO EL TENIA HIJOS DE OTRO MATRIMONIO NATERIOR PERO ELLOS NO SE PONEN DE ACUERDO CON ELLA PARA INICIAR LA ACEPTACIÓN DE HERENCIA, PUEDO HACER LA SOLICITUD ANTE EL JUZGADO, O PUEDO HACER LAS DILIGENCIAS VIA NOTARIAL SOLAMENTE CON EL DRECHO DE HEREDERA DE LA SEÑORA, COMO QUEDA EL DERECHO DE LOS HIJOS
TAMBIEN TENGO UN CASO DONDE LA MADRE DEL CAUSANTE QUIERE HACEPTAR HERENCIA, EL CAUSANTE NO TENIA HIJOS PERO, EL PROBLEMA ES QUE EL ERA CASADO CON UNA PERSONA CON LA CUAL NO CONVIVIA Y AL PARECER NO ESTA DE ACUERDO EN ACEPTAR HERENCIA JUNTO CON LA SEÑORA, COMO DEBO INICIAR LA ACEPTACION, DE HERENCIA DEL DERECHOA DE LA SEÑORA Y SE PUEDO INICIARLO VIA NOTARIAL
GRACIAS POR SU AYUDA
considero q por via judial seria lo ideal porque via notarial los peticionarios deben tener la voluntad desde el inicio hasta el fnal de los tramite ya q si surge un comflicto , inhibe al notario de continuar conociendo art 2 inc 1 y ultimo de la ley del ejercicio notarial de la jurisdiccion voluntaria y otras diligencias e igual los hijos pueden alegar mejor derecho y el notario debe proceder deacuerdo al art 2. inc 1 y 4 de la ley del ejercicio notarial de la jurisdiccion voluntaria y otras diligencias...
Respuesta de AMANDA TORRES sobre el tema Re: HERENCIA
Pues según el código civil son llamados a la herencia intestada primeramente los padres, cónyuge y los hijos del causante con igual derecho, si la esposa no quiere no hay problema la mamá del causante puede pedirla herencia mencionando en la solicitud que también la señora por ser esposa del causante tiene derecho pone la dirección de ella para que se presente a aceptar o a repudiar la referida herencia y si no contesta nada, la demanda para que se presente y si no contesta el tribunal la tiene la herencia por repudiada de oficio.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, alpoa09
no te compliques...hacelo por la via judicial diligencias de aceptacion de herencia intestada..via judicial..eso si no omitas a nadie que tenga derecho o vocacion sucesoral...para que se les notifique de parte del juzgado a que comparezcan a manifestar su derecho si aceptan o repudian...la herencia...al final el juez les dara el porcentaje correspondiente a cada uno de los herederos sobre los bienes...(lo de no omitir a nadie es para que el dia de mañana no quieran fregar al que acepto la herencia por que el codigo civil dice que tenes la obligacion de mencionarlos.) si hay contención por los otros herederos sera por que tienen una donación revocable o irevocable, traspaso o compraventa antes de que falleciera el causante..pero esa contencion debe alegarse...¨(antes no se puede estar presumiendo que ya existe oposicion de los herederos..eso se hace en juicio) al iniciar las diligencias es que puede pasar todo pero si solo llegan y dicen si heredan conforme al numero de herederos partes iguales...si dice no...previa notificacion de las personas que tambien tenian derecho a la herencia..heredera el 100 por ciento la persona que inicio las diligencias primero....(pero si hay contencion hasta alli llega la diligencias)
Respuesta de sandradesorto sobre el tema Re: HERENCIA
En ambos casos se vislumbra controversia, lo más recomendable es hacerlo vía o judicial; pero tú puedes iniciarlo vía notarial y sí se concretiza la controversia, en ese momento levantas acta y remites todo lo actuado al juzgado competente para que se resuelva vía judicial.