legitima defensa ayuda!!

25 Jun 2012 12:04 - 25 Jun 2012 12:08 #1 por mayjamel28
legitima defensa ayuda!! Publicado por mayjamel28
alguien me puede ayudar en estos ejemplos si existe antijuricidad y culpabilidad, agradecere mucho su ayuda.

-Son las ocho de la noche y Roberto camina por una solitaria calle , en ese momento sale a su paso un pequeño niño huele-pega de aproximadamente doce años de edad, que sosteniendo una piedra de mediano tamaño le amenaza de muerte exigiéndole lo que cargaba , como Roberto es un ágil joven de veinticinco años de edad, de un golpe logra desarmar y tirar al suelo al menor, y cuando este último se dispone a reaccionar, Roberto le propina un poderoso puntapié al estomago y le deja inconsciente, y además de ello, con severas lesiones que curaran en un periodo aproximado de treinta días. ¿Ha cometido Roberto el delito de LESIONES GRAVES (Art.143 Pn)?

-Son las ocho de la noche y juan camina por una solitaria calle, en ese momento sale a su paso un sujeto que porta un pasamontañas y carga un arma de fuego en las manos, justo cuando el enmascarado y cuando quiere habler, juan, campeón de siete disciplinas marciales, lanza un poderoso golpe que fractura la quijada de su atacante. Grande es la sorpresa de juan cuando se percata que el atacante es en realidad su hermano, que intentaba gastarle una broma. ¿Existe delito de juan por las lesiones causadas a Cletonio?

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25 Jun 2012 13:48 #2 por rogelio.olla
Respuesta de rogelio.olla sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
NO soy penalista, que he leido algo, entiendo que para alegar lalegitima defensa lo que debe de operar es la reaccion y no la accion, la reaccion no da lugar a pensar mucho, pero con la accion existen idean previas a la realizacion del acto.

Creo que en ese sentido va el asunto, pero como te lo dije no soy penalista.

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25 Jun 2012 16:13 #3 por alesansv
Respuesta de alesansv sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
Puedes aplicar las exculpantes del código penal en su Art. 27.- No es responsable penalmente:
1) Quien actúa u omite en cumplimiento de un deber legal o en ejercicio legítimo
de un derecho o de una actividad lícita;

2) Quien actúa u omite en defensa de su persona o de sus derechos o en defensa
de otra persona o de sus derechos, siempre que concurran los requisitos
siguientes:

a) Agresión ilegítima;
b) Necesidad razonable de la defensa empleada para impedirla o repelerla; y,

c) No haber sido provocada la agresión, de modo suficiente, por quien ejerce la
defensa;

3) Quien actúa u omite por necesidad de salvaguardar un bien jurídico, propio o
ajeno, de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado intencionalmente,
lesionando otro bien de menor o igual valor que el salvaguardado, siempre que la
conducta sea proporcional al peligro y que no se tenga el deber jurídico de
afrontarlo;

4) Quien en el momento de ejecutar el hecho, no estuviere en situación de
comprender lo ilícito de su acción u omisión o de determinarse de acuerdo a esa
comprensión, por cualquiera de los motivos siguientes:

a) enajenación mental;
b) grave perturbación de la conciencia; y,
c) desarrollo psíquico retardado o incompleto.
En estos casos, el juez o tribunal podrá imponer al autor alguna de las medidas
de seguridad a que se refiere este Código. No obstante la medida de internación
sólo se aplicará cuando al delito corresponda pena de prisión; y,

5) Quien actúa u omite en circunstancias tales que no sea racionalmente posible
exigirle una conducta diversa a la que realizó.

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25 Jun 2012 16:47 #4 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
Mi estimado @machexD, para el primer caso aplica exactamente todo lo que te citó del Art. 27 @asandoval, no obstante haré la aclaración respectiva para el segundo caso, que indirectamente aplica también en el primero, y es que el Delito es: La 'Acción' o conducta 'Típica', 'Antijurídica' y 'Culpable', bajo ese esquema, habra que adecuar no solo la acción a lo descríto en el código, verificando si contravino la ley, sino también la culpabilidad (que no tiene nada que ver con los "delitos culposos") el término culpable acá se refiere a la reprochabilidad social del hecho en cuestión (Esto es bien explicado por el Dr. Raúl Eugenio Zaffaroni en su Manual de Derecho Penal, y expuesto y tropicalizado por varias de las obras del Dr. Atilio Ramírez Amaya hijo y su Esposa).

Para hacertelo más facil, el Dolo que es el conocimiento de los elementos objetivos del Tipo y la voluntad realizadora de los mismos no cabe en ninguno de los casos, porque en ninguno ni Roberto ni Juan salen a la calle a cazar ladrones o huele pega, para ambos su fin era otro. Y por no ser doloso tampoco diremos "culposo", el Derecho Penal no funciona así. Simplemente acá al no haber dolo se elimina la Culpa o "Reprochabilidad del Acto" y por consiguiente no hay Delito y más aún por que con eso mismo eliminas otro elemento: la Antijuridicidad.

El último caso, de que el ladron con gorro se trataba del hermano me parece uno de los varios ejemplos calcados acerca del error de tipo, y como bien cita el Dr. Zaffaroni, acá termina en ser la conducta simplemente en "no reprochable" porque le era imposible al sujeto activo saber de quien se trataba la persona de la que se defendía.

Por último alegar en este caso la "legitima defenza" pura y cruda no es conveniente ya que acá se configura más bien como una atenuante que se ubica en el esquema subjetivo de cada uno de los elemtos del delito.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...

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26 Jun 2012 15:07 #5 por mayjamel28
Respuesta de mayjamel28 sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
pero ene el primer caso no existiria legitima defensa por no ser una agresion ilegitima y ademas tenia entendido que por razones etico-sociales, debe evitarse reaccionar viloentamente fente ataques de menores o inimputables.

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26 Jun 2012 17:50 #6 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
El requisito que la mayoría de autores expone como condición para la legítima defensa es que la defensa en si no sobrepase los niveles del bien jurídico a lesionar de acuerdo al delito. Por lo que "matar" en legítima defensa sólo opera cuando el sujeto se defiende ante una eminente amenaza a la vida, lo dificil es encajar la legítima defensa en otro tipo de delitos, como por ejemplo en caso de robo; la acción que toma la defensa, no debe lesionar el bien jurídico protegido más allá de lo razonable, es decir, no se puede matar para defenderse de un robo.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...

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07 Jul 2012 03:55 #7 por CarlosMagno
Respuesta de CarlosMagno sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
Es mi opiniom que en el primer caso podemos entrar en la legitima defensa.puesto que tendmos un agrasor por menor que sea con una arma que por muy digamosle primitiva que fuera presentaba una agrasion para roberto y en este caso se cumplesn los tres componentes que forman la legitima defensa puesto que hay una agresion no provocada hay una razonabilidad al repeler la defensa y a que la victima se denfendio desarmado.contra un agresor armado y logicamento questa no fue como ya manifeste provocado pof la ultima.
por otro lado en el zegundo aso no es mas que un resultado no deseado provocado por el miedo insuperable que razanablemente se apodero de la victima anre el supuesto ataque

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07 Jul 2012 05:06 - 07 Jul 2012 05:16 #8 por enemigo
Respuesta de enemigo sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
La respuesta me parece sencilla, diganles a Roberto y a Juan, que en este país no se puede caminar por lugares solitarios y oscuros, ja ja ja.

Ya en serio, en el primer caso, en cuanto a la edad del agresor, no tiene relevancia para ejercer legítima defensa, la ley demanda agresión ilégitma, no que el agresor sea mayor de edad o, no se permitiría defenderse si en lugar de una piedra llevara un machete o un arma de fuego el menor??? Ahora, tampoco es cierto que no se pueda defender o "matar" en defensa ante un Robo, será que habrá que preguntarle al agresor: me va a robar o a matar??? Insisto agresión ilegítima no provocada por quien se defiende, puesto que al ejercerla, no se demanda igualdad de condiciones (en el caso que expone, habría que pedirle permiso al menor para ir a buscar un piedra de iguales magnitude), se demanda proporcionalidad en la defensa, no igualdad. En consecuencia, ante un Robo, por ejercicio de defensa, puede resultar muerto el sujeto activo del Robo. Lo que se plantea en el primer caso, es un caso de extensión de la defensa, legítima defensa intensiva, se defiende repeliendo la agresión, y no obstante se continua con la defensa. En casos como estos, la justificante desaparece y se responde por la lesión al bien jurídico dañado en la intensividad de la defensa

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07 Jul 2012 05:15 #9 por enemigo
Respuesta de enemigo sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
En el segundo caso, Usted se encuentra ante el clásico ejemplo de un error de prohibición al revés, o error en un elemento objetivo de una causa de justificación. Que se presenta, cuando el sujeto creyendo sufrir una agresión ilegítima no provocada se defiende. En estos, si el error es invencible, existe tipicidad y antijuridicidad, más no culpabilidad, mientras que, siendo vencible, sirve para atenuar la pena del delito. Por consiguiente, no se trata de un problema de dolo como mencionaba alguno, claro que el sujeto que se defiende sabe que con causar un golpe se violenta un bien jurídico, el problema se hubica en el juicio de culpabilidad. El sujeto es tiene capacidad de culpabilidad, pero tiene un problema de entendimiento en la norma que le autoriza defenderse (cree estar autorizado en el caso concreto para hacerlo), en consecuencia, el problema se hubica en la conciencia de antijuridicdad al momento de actuar, porque el sujeto cree defenderse de una agresión, cuando está no existe. Por ende, según lo planteado, el sujeto que se defiende, no tiene la razonable capacidad de conocer que no se le está atando ilegitimante y, que en consecuencia, no se encuentra autorizado para defenserse. Por ello el hecho es típico, antijurídico, pero no culpable, por la existencia de una error de prohibición sobre un elemneto objetivo de una casuas de justificación.

Espero le sirva.
El siguiente usuario dijo gracias: Guardado

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09 Jul 2012 16:37 #10 por marcos coto
Respuesta de marcos coto sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
para que exista legitima defensa debe de haber una agreción real de un derecho propio o ajeno, pero la reacción debe de ser proporcional al peligro, tal como se plantean los casos, y desde mi criterio savo otro mejor pero no reconocido exiten leciones en ambos casos

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10 Jul 2012 03:28 #11 por enemigo
Respuesta de enemigo sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
La legítima defensa no requiere una agresión real, sino actual o inminente, en consecuencia, el que se defiende, actúa bajo tal creencia. Tampoco es cierto, que se demande proporcionalidad, como igualdad entre el medio empleado para agredir y el utilizado para defenserse. Demanda, una defensa racional o, acaso no es admisible que se defienda con un arma de fuego la mujer que es agredida sexualmente por uno que porta un arma blanca? Deberá reprocharsele a la mujer que se defendio "desproporcionalmente" o, exiguirle que fuese a buscar un arma proporcional a la de su atacante????

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20 Jul 2012 18:34 #12 por ascencio22109
Respuesta de ascencio22109 sobre el tema Re: legitima defensa ayuda!!
en el caso de Roberto y el niño huele pega, SI cometio el ilicito de Lesiones, puesto que actuo de manera desproporcionada y si en un momento tuvo neutralizado al menor que amenazo con tirarle la piedra, el solo hecho de que lo domino, termina con la amenaza que tal menor representaba, por lo tanto no queda, a mi juicio, probada la Legitima defensa

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