Hola estimados colegas queria saber si alguien de ustedes tiene un modelo de escrito respondiendo a la acusacion fiscal, en la fase de instruccion. le agradecere mucho, bendiciones
Buenos Dias.Pero que es lo que le queres responder;pues acaban de celebrar la audiencia preliminar;si es algun recurso o no estas de acuerdo con una prueba incorporada ilegalmente.Recorda que en la fase de traslado podras alegar algo, despues sera mas dificil
Mira colega dirige el escrito al tribunal y trata de seguir estas formalidades, se cuidadosa de mencionar todos y cada uno de las pruebas q has ofrecido u ofrecerás, recuerda q esta es la ultima oportunidad para ofrecer y detallar la prueba ya ofertada y controvertir las ofrecidas por la fiscalía, yo te recomiendo q primero veas la acusacion y despues presentes el escrito
Facultades y deberes de las otras partes
Art. 358.- Dentro de los cinco días previstos en el artículo anterior, el defensor o en su caso el fiscal, el querellante o el actor civil por escrito podrán según corresponda:
1) Señalar los vicios formales o la falta de fundamento de la acusación.
2) Objetar la petición de sobreseimiento.
3) Plantear las excepciones previstas en este Código, cuando no hayan sido deducidas con anterioridad o se funden en hechos nuevos. 4) Solicitar sobreseimiento definitivo o provisional.
5) Proponer suspensión condicional del procedimiento.
6) Requerir aplicación del procedimiento abreviado.
7) Proponer la conciliación.
8) Pedir aplicación de algún criterio de oportunidad de la acción pública.
9) Solicitar imposición o revocación de una medida cautelar.
10) Requerir algún anticipo de prueba a ese momento para ser incorporados en el juicio.
11) Proponer cualquier otro incidente que permita una mejor preparación del juicio o evite su fracaso.
12) Ofrecer los medios de prueba necesarios para resolver las cuestiones propias de la audiencia preliminar.
13) Ofrecer la prueba que pretendan producir en la vista pública cuando el querellante o el fiscal hayan acusado.
14) Ratificar la pretensión civil y ofrecer la prueba conducente.
Ofrecimiento de prueba
Art. 359.- Para ofrecer prueba testimonial será necesario presentar la lista de testigos, con indicación del nombre, profesión, domicilio, residencia o el lugar donde puede ser localizado.
Se presentarán también los documentos que no han sido ingresados antes, o se señalará el lugar en donde se hallan, para que el juez o tribunal los requiera.
Toda clase de prueba será ofrecida con indicación de los hechos o circunstancias que se pretenden probar, bajo pena de inadmisibilidad.