hola amigos, tengo un caso de robo agravado donde detuvieron a mi representado junto con otras personas momentos despues de haberse realizado un robo, la detencion se realizo por que la victima desde unos 50 metros señalo a mi representado y a otros por parecerse a las personas que le robaron, pero a ellos no se les encontro ningun objeto ilicito, y tampoco ningun objeto de los que señala la victima que se le robaron.
Previo a la audiencia inicial se ha señalado un reconocimiento en rueda de personas el cual es mas q seguro que de positivo, luego de eso que puedo esperar de la la audiencia inicial.
que sugerencias me tienen, tomen en cuenta que muy poco litigo en cuestiones penales.
Gracias por sus comentarios que se que me seran de utilidad
El reconocimiento en rueda de personas es muy importante en el proceso penal, ya que tiene como objetivo identificar plenamente a las personas que participaron en el hecho delictivo o por el contrario la no participación.
Su objetivo es desvirtuar la participación que le atribuyen a su representado, por lo que debe poner especial atención, al realizar el interrogatorio previo a la realización del reconocimiento. Se deben hacer todas las preguntas posibles: sobre las caracterìsticas fisicas(color de piel, color y tipo de cabello, estatura y edad aproximada, complexión), sobre el vestuario que usaba al momento de los hechos, señales especiales como tatuajes, cicatrices, barba, bigote, si tenia alguna discapacidad, etc.; cuál fue la acción que realizó cada uno de los detenidos, pues menciona que fueron varios los que en apariencia participaron, se debe preguntar si previo a los hechos, en alguna ocasión habia visto al imputado o si lo conocia (es una pregunta importante, pues de ser afirmativa, no hay duda que lo reconocerá); otra pregunta es: si a pesar del tiempo trancurrido de los hechos a la fecha de realización del reconocimiento, todavia recuerda las caracteristicas fisicas de los que participaron en el robo, y si los podria reconocer (es otra pregunta importante, pues de ser negativa no es posible continuar con el reconocimiento). Todas las respuestas del interrogatorio podrán servirle como herramienta para evidenciar alguna contradicción con la descripción fisica, o con algun dato de identificación, que inicialmente fue dada por la victima o por lo testigos, y que constan en las entrevistas o en el acta de captura, y con ello acreditar que no participó, mas aun si al realizar el reconocimiento no lo reconoce como aquél que ejercio la violencia o que le despojo del objeto que se encontraba en poder de la vìctima al momento de los hechos.
Espero le sirva de ayuda mi comentario.