hola quisiera me ayudaran...
tengo que iniciar un pr. de reparacion de daños provenientes de un accidente de transito
es en contra de una empresa de buses, debo solicitar la audiencia conciliatoria y demandar a ambos osea a la empresa de buses y al conductor del bus????
Hola Moli, en efecto conforme al Art. 36 de la Ley Especial Sobre Accidentes de Transito tanto el conductor como el propietario del vehículo causante del accidente ( siempre que sea una empresa industrial, comercial o de servicios, como es el caso de la empresa de buses) responden solidariamente por dicho accidente, por lo tanto puedes iniciar la acción de reparacion de los daños contra cualquiera de ellos o contra los dos, que esto ulitmo es lo mas recomendable.
El Salvador Lex - La comunidad Juridica de El Salvador
El amigo josalcaz subio unos modelos, espero te sirvan y recuerda que los terminos son fatales los 30 dias para la conciliacion y los 60 para la demanda, bendiciones.'
En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)
En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)
Última Edición: 12 Ene 2011 21:10 por cacojuridico.
Bueno mis disculpas, pero es que es el que encontre en descargas y por respeto puse ese, pero ya sube una demanda que yo hice hace poco con la nueva normativa, espero te sirva..
En cuanto a la conciliacion, no encontre uno en mis archivos, pero al encontrarlo te lo mando, pero talvez algun amigo pueda subir alguno.'
En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)