Hola, mire nuestro sistema de aplicación de justicia es bipartito en instancias ( primera y segunda, juzgados y cámaras) y de tres niveles de conocimiento ( salas), es decir, q después de la decisión de una sala, internamente solo podría surtir efecto un amparo, pero debe tratarse de violación de derechos constitucionales por la sala, es decir, no es otra instancia, bueno pero aterrizando en su pregunta, la respuesta es " no" los tratados internacionales suscritos por el salvador pasan a ser leyes secundarias ( 144 CN) de tal manera q por lo menos hasta donde yo se, a nivel internacional, solo proceden denuncias sobre violación de derechos humanos y arbitrajes, el resto de instancias a nivel internacional, regulan el comportamiento de estados con estados, y como dijo el colega lost canvas, si un colega tiene otra opinión o me corrija, bienvenido sea, por que confieso q tengo dudas..
Ampliando, no incluí el derecho internacional privado, por que la pregunta, por lo menos yo no la ubicó allí, sino mas bien en el hecho de tener la percepción de ser recurribles las decisiones casacionales...