Bueno estimada colega, como nuestro sistema penal(me imagino que es penal tu caso) es de corte acusatorio(es mixto en realidad); y en la producción de la prueba priva el principio de oralidad, y teniendo como presupuesto que la carga de la prueba es de quien alega el hecho, y siendo la fiscalía la encargada de destruir la presunción de inocencia es decir, el acusado no tiene que demostrar su inocencia, ya que de ella se presume.
.Seria bien difícil crear un formato aplicable a mas de un caso, pues como cada caso se reviste de situaciones que se pueden manejar de distinta forma; seria aventurado decirte que si hoy me funciono en uno también lo hara mañana en otro caso; aun por muy similares que sean.
Pero quizás para tratar de responde a tu solicitud, formato como tal; es difícil encontrar. Pero algunas sugerencias de ciertos aspectos que son útiles, creo que se pueden mencionar, como:
Antes de presentar prueba de descargo; que es exepcional,pues es fiscalía quien tiene que convencer,enfoca tu atención si podes desvirtuar la prueba de cargo
.Ante todo analiza las pruebas que presenta fiscalía;si es legal, como la obtuvieron, si no se ha roto cadena de custodia, si se ha legitimizado(en especial si es por objetos)
Verifica la pertinencia e idoneidad de la prueba; para preparar tu estrategia.Pues dejar que fiscalía presente prueba impertinentes ayuda,dado que si en nada aportan a la teoría del caso de fiscalía,ellos solos hacen tu trabajo.
Elaborar una estrategia clara, en la que si has de botar alguna prueba que sea en el momento adecuado.
Ser muy acucioso al revisar los requerimientos y acusación para buscar inconsistencias , por minima que sea en el procedimiento.Para buscar nulidades
La prueba de descargo tiene que ser ante todo eminentemente OPORTUNA,pues com ya decíamos no estamos obligados a presentarla.Regularmente creemos que esta será una replica inmediata a alguna prueba que presente fiscalía;semejando un ping pong. Pensemos mas en información que se le transmite al juez y que robustece nuestra teoría del caso, una información que si ha de ser con testigos no sea meramente como tramite, pues aun podríamos prescindir de ella ;sino que además de oportuna, pertinente en el sentido que lo que vio y oyo el testigo en efecto nos sirva para fortificar nuestra teoría del caso de manera integral( que aporte datos en tiempo y espacio en los hechos controvertidos) y no solo a aspectos específicos o triviales que puedan ser atacados . Cuidar de las preguntas de la parte contraria, estar mas que atentos con las objeciones.
Con las pruebas por objetos o documentos tener el cuidado de incorporarlas y no por descuido vernos privados de ellas: Que estén plenamente legitimadas; exhibirlas con seguridad ante los testigos para que crean esa convicción que bote el caso a fiscalía.Espero te haya servido estos datos muy generales sobre la prueba de descargo