el caso es que una persona fue procesada por los delitos de extorsión y agrupaciones ilicitas en el año 2006 en un juzgado de paz pero es el caso que por el delito de extorsion quedo libre no asi en el de agrupaciones que fue remitido a primera instancias el problema que dicho imputado se fue para los estados unidos por lo que fue declarado rebelde ahora que dicha persona quiere solicitar su pasaporte le aparece dicho problema que salida me recomiendan ustedes colegas para arreglar la situacion juridica del imputado
El problema es que la rebeldía se supera con la presentación del imputado al Juzgado o Tribunal que lo requiere para efectos de intimación y continuación del proceso penal iniciado en su contra. sin embargo tengo mis dudas con respecto a que si el otorga un poder para que puedas representar el Tribunal daría por interrumpida la rebeldía, además es de ver la decision del juez respecto a las medidas que se le impondrían sea o no la detención provisional u otra menos grabosa, recuerda que lo que el Juez tiene que garantizar es la vinculación del imputado a la audiencia. otra cosa que tienes que tener presente es la etapa procesal en la que se encuentra ya que desde las diligencias iniciales de investigación hasta la audiencia preliminar se puede seguir con reo ausente sin embargo por ley no se puede llevar a cabo la vista pública sin la comparencia del mismo y queda en suspenso hasta que éste aparezca.
te invito a brindar más informacion y así poder orientarte un poco más.
PARA QUE QUIERES INTERRUMPIR LA REBELDIA? LA REBELDIA IMPLICA QUE EL IMPUTADO TIENE ORDEN DE CAPTURA POR ESE DELITO, ES MAS VIABLE ESPERAR QUE TRANSCURRA EL TIEMPO DE LA PRESCRIPCION DE LA ACCION DURANTE EL PROCEDIMIENTO, ALEGARLA EN SU MOMENTO PROCESAL Y LUEGO PEDIR EL SOBRESEIMIENTO Y LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD PENAL, DE CONFORMIDAD A LAS REGLAS DEL ART. 34, 35 y 36 del crppenal, lo que se puede interrumpir es la prescripcion de la accion, la rebeldia es una de las causales, pero no puede exceder los tres años, ahora bien lo que puedes hacer es buscar la manera de conseguir un abreviado si es que el insiste en regresar, pero para mi mejor ni aparecerse por aca, porque es seguro que lo detienen, por otro lado ir a sacar un pasaporte no es recomendable porque ahi mismo lo pueden detener.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
El siguiente usuario dijo gracias: Lic. Ramírez, hector alonso alfaro torres
lo mejor que puede hacer es que por medio de apoderado solicite la realizacion de la audiencia preliminar, que presente los arraigos y que solicite la medidas cautelares diferentes a la detencion provisional en caso el juez eleve el caso a juicio.
estoy deacuerdo con Lost Canvas, que mejor ni se aperezca el cliente y espere la prescripcion, pero difiero con Mr. Orange, la comparesencia en la preliminar es obligatoria con el imputado salvo el caso que este este preso y no quiera ir a la audiencia . art.361 inc 2 prpn