Buen día a todos:
Necesito ayuda con una pregunta. Si una persona es sentenciada a Arresto domiciliario el cual deberá ser cumplido en una vivienda ubicada dentro de una zona residencial donde hay parque y/o piscina, ¿el sujeto debe estar estrictamente dentro de su apartamento o puede tener libertad ambulatoria dentro de todo el complejo habitacional?
¿Cómo puedo argumentar legal o jurisprudencialmente?
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
Una opinio muy personal y mas bien de apreciacion tecnica y no juridica.Se entenderia en prima facie que la resisdencial es si bien un conjunto de casas, este es privado y por ende formaria parte del domicilio del reo por estar con muro perimetral y caseta de entrada.Pero no lo veo yo asi pues la idea de estar limitado en su libertad ambulatoria es esa ,circunscribir a su domicilio su vida diaria para evitar el posible riesgo de fuga.Pues veamoslo asi primero va al parque,despues se va a la pscina y regresa a su casa,eso el primer dia,Al segundo ademas de parque y piscina visita a un vecino asi sucesivamente al año ya en una de esas se sale de "la residencial domicilio" y quebranta la orden judicial.Yo lo creo asi,de esta forma lo interprete en un caso similar y fue que el arresto era para estar en su casa.(en estos arrestos hay ue se practicos y no buscarle tres patas al gato,pues en un descuido me lo mandan a la carcel)
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
debe decirle que tenga mucho cuidado a su cliente puesto a que si el va a recrear en dicho lugar y el o los agentes no lo acompañan, el fiscal del caso, interpondrian recurso de revocatoria de la medida, pusto que el juez debe velar por que se respete la medida ( conoci un caso en el que el juzgado no libro oficio al sargento para trasladar al reo a la audiencia de instruccion y pidio revocar la medida por eso)
Estoy de acuerdo con los aportes de los colegas Juan Avelar O y gr2, ya que es un peligro eminente que salga de su residencia por los motivos antes mencionados por los compañeros y en caso, el sea perseguido por personas que no están muy conforme con el y lo provoquen afuera de su residencia y se vea expuesto en la violación de su pena al salir de la residencia mas otro delito atribuido por la provocación... en lo particular debe seguir la norma permanecer en su residencia como lo estabilice el juez en la sentencia.