TERMINO PARA APELACION PENAL

31 May 2014 17:36 #1 por CarlosMagno
TERMINO PARA APELACION PENAL Publicado por CarlosMagno
HOLA COLEGAS QUISIERA CONSULTAR UN ASPECTO QUE NO TENGO CLARO QUE ESTABLECE EL ART. 464 CPP , YA QUE ESTE DICE QUE HAY QUE INTERPONER EL RECURSO A LOS 5 DIAS DESPUES ANTE EL MISMO JUEZ QUE DICTO LA RESOLUCION MI DUDA ESTA EN CUANDO COMIENZA A CONTAR EL TERMINO A PARTIR DE QUE EL JUEZ PRONUNCIO LA RESOLUCION , O A PARTIR DE QUE ESTA SE ME ES NOTIFICADA Y TAMBIEN SI ESTOS CINCO DIAS SON CORRIDOS O HABILES

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01 Jun 2014 11:46 #2 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema TERMINO PARA APELACION PENAL
Recordemos que los actos de comunicación, en este caso la notificación en legal forma ( por escrito) de la sentencia, potencia el derecho de defensa (artículo 11 CN) y así lo ha dejado claro la jurisprudencia tanto en avería penal, como constitucional de nuestro país y claro los días son hábiles
El siguiente usuario dijo gracias: CarlosMagno, 910410

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01 Jun 2014 12:22 #3 por CarlosMagno
Respuesta de CarlosMagno sobre el tema TERMINO PARA APELACION PENAL
LA RESOLUCIÓN PLANTEADA FUE EMITIDA POR UN JUZGADO DE PAZ EN AUDIENCIA INICIAL ESTE VIERNES RECIEN PASADO PERO AUN NO SE ME A NOTIFICADO POR ESCRITO POR LO QUE IMPLICARIA QUE HASTA QUE NO SE ME NOTIFIQUE NO A COMENZADO A CORRER EL TERMINO VERDAD ?
El siguiente usuario dijo gracias: Garcia juan

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01 Jun 2014 12:51 #4 por jonathan lovos
Respuesta de jonathan lovos sobre el tema TERMINO PARA APELACION PENAL
1- Los cinco días empiezan a correr desde que es notificada la resolución o Sentencia.

2- Los cinco días son hábiles./
El siguiente usuario dijo gracias: CarlosMagno

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01 Jun 2014 13:06 - 01 Jun 2014 17:22 #5 por Coreas
Respuesta de Coreas sobre el tema TERMINO PARA APELACION PENAL

CarlosMagno escribió: LA RESOLUCIÓN PLANTEADA FUE EMITIDA POR UN JUZGADO DE PAZ EN AUDIENCIA INICIAL ESTE VIERNES RECIEN PASADO PERO AUN NO SE ME A NOTIFICADO POR ESCRITO POR LO QUE IMPLICARIA QUE HASTA QUE NO SE ME NOTIFIQUE NO A COMENZADO A CORRER EL TERMINO VERDAD ?


En Audiencia Inicial se dicta la resolución verbalmente, y si usted dejó firmada una hoja donde se iba a consignar el acta, se dará por notificado desde el día de la Audiencia, y el término para recurrir comenzaría a contar a partir del siguiente día hábil.

Si necesita base legal de lo anterior, me lo indica.

\\\"Si no hubiera malas gentes, no habría buenos abogados. \\\"
Charles Dickens
El siguiente usuario dijo gracias: CarlosMagno

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01 Jun 2014 13:12 #6 por jonathan lovos
Respuesta de jonathan lovos sobre el tema TERMINO PARA APELACION PENAL
Efectivamente lo que dice el colega Carlos Magno. Todo ello en base al Art. 300 Inciso Infine del Codigo Procesal penal.

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01 Jun 2014 13:17 #7 por CarlosMagno
Respuesta de CarlosMagno sobre el tema TERMINO PARA APELACION PENAL
muchas gracias por aclararme el asunto :)

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02 Jun 2014 11:43 #8 por El Justo Zamora
Respuesta de El Justo Zamora sobre el tema TERMINO PARA APELACION PENAL
Lastimosamente, usted no aclara si pretende impugnar en apelación de un auto o de una sentencia.
En todo caso, debe indicarse que por el término invocados se trata de una apelación de autos.
En todo caso los cinco días a los que se refiere, deberán de contarse a partir del día siguiente de la notificación.
Si el imputado se encuentra detenido, los términos son corridos, esto indica que hay que estabilizar aun los días inhábiles, feriados y de descanso semanal. Si el imputado no está detenido y goza de medida cautelar diferente a la detención provisional, se cuentan los días únicamente que son hábiles

Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.
El siguiente usuario dijo gracias: ana ivette

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28 May 2020 19:39 #9 por Jhnny
Respuesta de Jhnny sobre el tema TERMINO PARA APELACION PENAL
Buenas Noches

Me gustaría conocer cual fue el resultado de su proceso.

Y todas las aristas de la problemática manifestada; con el propósito de conocer más.

de antemano gracias.

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11 Dic 2020 21:36 #10 por penal
Respuesta de penal sobre el tema TERMINO PARA APELACION PENAL
en el caso de apelaciones que dan los 5 dias,,es cuando el juez dicto la resolucion..vgr..en audiencia incial le decretaton la detencion...a partir del dia de la audiencia tiene 5 dias habiles...en el caso de sentencias Definitivas..son 10 dias habiles...

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16 Dic 2020 23:49 #11 por Jhnny
Respuesta de Jhnny sobre el tema TERMINO PARA APELACION PENAL
Si es apelación contra autos son cinco días
Si es apelación contra sentencias son diez días
Se cuentan a partir del siguiente día de la notificación. En el caso de los autos se tiene por notificado en la misma audiencia o cuando le notifican el auto.
Si es sentencia hasta que el Juzgado o Tribunal señale día de entrega de sentencia y en efecto la entregue, a partir desde ese día ya se tiene por notificado.
Se cuenta en días hábiles, ya sea que el procesado este o no detenido.

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