La irretroactividad en el Derecho Penal esta clara, al menos en el Derecho sustantivo, pero qué pasa con la irretroactividad en el Derecho Procesal Penal ???
En el proceso Penal se aplica o no se aplica la irretroactividad??? qué opinan ???
Cualquier aporte será enriquecedor para el tema en cuestión.
Muchas gracias de antemano
Carlos Rivas
"Si buscas resultados diferentes, no hagas siempre lo mismo"
CUANDO EL ART. 21 CN DICE QUE EN MATERIA PENAL SI HABRÁ EFECTO RETROACTIVO, SE REFIERE A TODAS LAS LEYES DE LA RAMA PENAL Y LA PR PN ES UNA DE LAS PRINCIPALES.