Prengunta

22 Jul 2011 19:17 #1 por Aparicio
Prengunta Publicado por Aparicio
Alguien a llevado un caso en instruccion con reo declarado rebelde, y que se alla realizado la audiencia

Carlos Aparicio

75 Av. norte y C. Juan Plablo II, Centro Comercial escalon 2, local 1-7, San Salvador. Tel. 7877-5643

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23 Jul 2011 17:06 #2 por Gonzalo
Respuesta de Gonzalo sobre el tema Re: Prengunta
No se puede hacer la audiencia, lo que se hace es que se declara rebelde al imputado y hasta q se captura se hace la audiencia.

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07 Feb 2012 04:07 #3 por Chiquitita
Respuesta de Chiquitita sobre el tema Re: Prengunta
SI SOLAMENTE ES UN IMPUTADO O IMPUTADA, POR EL PRINCIPIO DE ECONOMIA PROCESAL LOS JUECES SOLO HACEN FIRMAR EL ACTA SIN CELEBRAR AUDIENCIA, Y EN AUTO POR SEPARADO O EN LA MISMA ACTA DE LA AUDIENCIA SE DECLARA O SE DECLARA REBELDE, Y SE GUIRAN NUEVAMENTE ORDENES DE CAPTURAS JUDICIALES, Y HASTA QUE ES CAPTURADA SE INTERRUMPE LA REVELDIA, ES PUESTA A DISPOSICION DEL TRIBULA ESTE LA MANDA O LO MANDA A LAS BARTOLINAS Y SEÑALA NUEVAMENTE AUDIENCIA PRELIMINAR PARA DEFINIR SU SITUACION JURIDICA, YA SEA QUE PASE A LA SIGUEINTE ETAPA PROCESAL, DICTAR ALGUNA SALIDA ALTERNAL AL SISTEMA, O PASAR EL PROCESO A LA SIGUENTE FASE,,,ESPERO TE ALLUDE

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07 Feb 2012 04:43 #4 por enemigo
Respuesta de enemigo sobre el tema Re: Prengunta
La única forma de realizar la preliminar sin la presencia del imputado, es que éste se niege injustificadamente a salir del centro de reclusión en que se encuentra.

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07 Feb 2012 04:54 #5 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: Prengunta
Que yo sepa la rebeldia es un termino que solo se ocupa en materia civi y familiar, en materia penal solo se habla de imputado presente o ausente no hay mas, las audiencias preliminares se pueden hacer sin presencia del imputado si y solo si la celebracion de ellas no impliquen una vulneración de derechos fundamentales, o a los que la ley procesal penal le confieren, por ejemplo si se va otorgar un sobreseimiento provisional o definitivo, eso no vulnera derechos, ahora si se le va a decretar detencion provisional, y apertura a juicio ah pues ahi no se puede hay que esperar a que lo lleven guindado...mas si tiene orden de captura...

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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07 Feb 2012 15:23 #6 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: Prengunta
En derecho de familia NO existe el tèrmino de "rebeldia", para el demandado...

Se siguen los procesos citan, notificando y emplazando de acuerdo a lo establecido en el artìculo 34 inciso cuarto LPF
El siguiente usuario dijo gracias: Coreas

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