HOLA COLEGAS NECESITO UN MODELO DE MATRIMONIO CIVIL EN DONDE UNO DE LOS CONTRAYENTES ES SORDOMUDO Y EN EL CUAL HAY UNA INTERPRETE QUE AYUDA CON UNA DE LAS PARTES A DARSE A ENTERDER Y A LA VEZ HAY YA HIJOS DENTRO DE ESTA UNION PERO QUE CON ANTERIORIDAD FUERON RECONOCIDOS POR SU PADRE ES DECIR EN EL MATRIMONIO QUIEREN RATIFICAR QUE EXISTEN HIJOS Y QUE SON DE AMBOS COMO RATIFICAR EL RECONOCIMIENTO
ME URGE MUCHAS GRACIAS
Con referencia a la "ratificaciòn" del reconocimiento voluntario de paternidad; no es necesario, porque el Còdigo de Familia, no hace distinciòn de los hijos; ya no existe la figura de los hijos legìtimos e ilegìtmos, salvo que los hijos hayan nacido antes de la vigencia del Còdigo y de la Ley del Nombre de la Persona Natural; entonces si debera "reconocer" a los hijos como tales... Claro siempre y cuando en el asiento de partida de nacimiento de los hijos no se haya establecido filiaciòn paterna.
De acuerdo con la colega. No es necesario que "ratifique el padre". Si ya reconoció a los hijos y él aparece en la partida de nacimiento como tal entonces estamos bien. Si no aparece él como padre biologico y siéndolo, pues deberá impugnar la paternidad. En caso de no ser el padre biológico deberá adoptar a los menores si ese es su deseo.
Te sugiero que verifiques que el sordo se pueda dar a entender y que no haya sido declarado incapaz pues de lo contrario no podría otorgarse el matrimonio.
En caso de no existir nada de ello pues solo me resta desearles felicidades a los contrayentes.
En la segunda parte del forista de OPINION, tiene toda la razon y que veas LAS INCAPACIDADES Y CAUSAS DE INCAPCIDAD,ART.292 Y 293 Familia y en especial Al Art.1318 C.
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.